El programa Tribuna Segura será aplicado en el partido del Lobo contra Almagro

Este domingo, se implementará el programa “Tribuna Segura”, el cual implica el control que se realizará tanto al personal de mantenimiento, administrativos, socios, dirigentes, prensa y al hincha en general, en el partido entre Gimnasia y Esgrima de Jujuy y Almagro. Toda persona que asista al estadio deberá acudir con el Documento Nacional de Identidad, sin excepción.

¿De qué se trata el programa Tribuna Segura?

El Gobierno Nacional creó este programa, destinado al control en los accesos e ingresos y fiscalización de entradas a estadios de fútbol e incrementó las restricciones del derecho de admisión en los estadios de fútbol.

Según lo publicado en el Boletín Oficial, la creación de dicho programa se dispuso para los partidos de fútbol que se lleven a cabo en el país, cuya resolución firmada por la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, delegó en la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos, la gestión, operatoria, aplicación y capacitación del programa.

Con la implementación de dicho programa, se aumentaron las restricciones del derecho de admisión en los estadios. Además, mediante Resolución 842/2018, se indicó que se podrá restringir la concurrencia a toda persona que:

“Se encontrare imputada, procesada o condenada, respecto de delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 (Violencia en Espectáculos Deportivos) y sus modificatorias”.

“Haya sido condenada por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión y que la Autoridad de Aplicación entienda que razonablemente pueda crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico”.

“Se encontrare imputado en cualquier actuación contravencional en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro, durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos; como así también durante los traslados de las parcialidades, hacia o desde el estadio deportivo donde el mismo se desarrolle”.

“Hubiere tenido conductas violentas contra las personas o las cosas y/o dificulten el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones y/o entrenamientos de los equipos”

Trasladándose hacia o desde un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico en los términos previstos en el Artículo 1°, inciso a) del Anexo de la Resolución Nº 355/2017, y que con motivo de dicho traslado cometan acciones violentas contras las personas o las cosas, generen desordenes y/o alteren el orden público, o utilizaren servicios de transporte de pasajeros no registrados o habilitados por la autoridad competente.

Se encontrare imputada, procesada o condenada por delitos previstos y reprimidos en la Ley Nº23.737 y sus modificatorias, cometidos con motivo o en ocasión de un espectáculo futbolístico”.

Además, se informó que “La restricción de concurrencia se aplicará por un período no menor a tres (3) meses y no mayor a cuarenta y ocho (48) meses, teniendo en cuenta en cuenta la entidad y relevancia de los hechos que fundamentan la medida. En los casos de hechos gravísimos la restricción de concurrencia podrá ser establecida por plazo indeterminado”.

“La restricción de concurrencia aplicada podrá prorrogarse por períodos análogos en caso que subsistan los presupuestos que dieron fundamento a su imposición”, se indicó en el Boletín Oficial.

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