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Estas son las restricciones que regirán para todo el país

El presidente Alberto Fernández anunció la continuidad de las restricciones en todo el país hasta el 21 de mayo, a raíz del recrudecimiento de los contagios y las muertes. Las medidas tienen como principal objetivo reducir la circulación. “El dictado de clases exclusivamente será a distancia”, dijo.

Según tres factores (razón -aumento de casos en últimos 14 días-; incidencia, -cantidad de casos sobre población- y ocupación de camas de terapia intensiva,) el Gobierno clasificó cuatro categorías en diferentes zonas del país: situación de bajo, medio y alto riesgo epidemiológica y sanitaria y la última, alarma epidemiológica y sanitaria.

Medidas generales en todo el país

Viajes grupales: se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

Reuniones sociales: se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

Personas de riesgo: suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio: De más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES):

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico medio: De más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón Mayor A 1.20 e b) Incidencia: Mayor A 150 c/ 100.000 HABITANTES)

Reuniones sociales

– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

Horario de cierre de gastronómicos: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.

Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

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