Impuesto a las Ganancias: Petroleros lanzan un paro nacional por tiempo indeterminado

La Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FaSiPeGyBio) anunció un paro general a partir del 1° de agosto por tiempo indefinido. La medida surge porque un sector de los afiliados están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.

«La provisión de combustible presentará inconvenientes tanto para todas las estaciones de servicio como para los aeropuertos, afectando a Aeroparque y Ezeiza primeramente», cita el comunicado del gremio que encabeza Mario Lavia.

Sostienen que «el avasallamiento a los trabajadores petroleros, perjudicados directamente por esta medida impositiva de la Ley 26.176, discrimina a nuestros representados castigando el poder adquisitivo, el empleo de calidad y el pleno desarrollo de una actividad como es la del sector energético, estratégica para el progreso económico del país».

El conflicto se desató el lunes pasado, con la publicación del Decreto 652/2024 en el Boletín Oficial, que lleva la firmas de Javier Milei, Guillermo Francos y Luis Caputo. Ese decreto reglamentó el artículo 82 de Ley N° 27.743 conocida como «paquete fiscal». En ese apartado 82 se define cuál es el personal petrolero que queda alcanzado por el beneficio plasmado en la Ley N° 26.176. «En esta oportunidad se hace necesario dar precisiones respecto del alcance de la expresión “personal de pozo”», indicó la norma.

Los 22.000 afiliados que reportan a Lavia en la Federación, son fundamentales en las operaciones de las ocho refinerías del país y en la provisión de combustibles para la Argentina.

Los petroleros que no pagan Ganancias

Según lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27.743, el «personal de pozo» incluye a aquellos que realizan actividades esenciales como la exploración petrolífera o gasífera, tareas en boca de pozo, perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente.

Se reconoce como «personal de pozo» de Vaca Muerta a los trabajadores que, aunque no se encuentren directamente en los pozos, desarrollan labores indisolubles a estas actividades, como la operación y mantenimiento de instalaciones necesarias para la producción de hidrocarburos.

La excepción contenida en el segundo párrafo del mencionado artículo 82 excluye a personal directivo, ejecutivo y gerencial, asegurando que el beneficio se dirija específicamente a los operarios.

Los petroleros que pagan Ganancias

Los directivos que sí deberán volver a pagar el Impuesto a las Ganancias son quienes ocupen o desempeñen en empresas públicas o privadas cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios asimilables o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas adoptadas por los accionistas, socios u órganos antes mencionados.

También volverían a quedar alcanzados por Ganancias los petroleros que trabajan en las cuencas Austral, Noroeste, Cuyana y Golfo San Jorge.

Y además, serán alcanzados los petroleros que trabajan en refinerías de la provincia de Buenos Aires, como los de Dock Sud, Campana o La Plata, todos afiliados a la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FaSiPeGyBio).

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