Foto: Fiscales.gob.ar

Caso Ivo Torres: El fiscal Zurueta está conforme con la prueba pero no descarta apelar el fallo

Con la primera fase del proceso judicial concluida, en la que se determinó de forma unánime la responsabilidad penal del sargento primero Walter Daniel Álvarez en el homicidio de Ivo Torres, el Tribunal Oral Federal N°1 fijó la fecha de continuación para el próximo miércoles 17 de junio, cuando que se definirá el monto de la pena.

La decisión por mayoría del tribunal de desestimar el agravante por abuso de la función pública modificó de raíz las expectativas de la condena, que pasó de prisión perpetua a una escala de 8 a 25 años. La fiscalía ratificó su conformidad con el esclarecimiento del hecho de violencia institucional, pero adelantó que analiza apelar ante la Cámara Federal de Casación.

En diálogo con El Submarino Radio (FM Conectar 91.5), el fiscal federal Federico Zurueta explicó: «Con el proceso penal federal que tenemos en Jujuy desde hace siete años, el juicio tiene dos etapas muy marcadas, muy diferenciadas. En la primera parte solamente se analiza y se resuelve la responsabilidad penal de la persona que ha llegado acusada. En este caso el tribunal lo encontró responsable penalmente, por unanimidad».

La diferencia surgió en cuanto a la calificación legal. «Hubo una disidencia y entonces el tribunal resolvió por mayoría», describió el fiscal.

El 17 de junio, entonces, comienza «la segunda etapa o segundo juicio, como también lo llaman algunos autores, que tiene como objetivo determinar el monto de la pena que se le va a imponer a la persona que ya fue declarada penalmente responsable», indicó.

Durante el debate, la Fiscalía acusó por homicidio doloso con dolo eventual, agravado por la condición de miembro de una fuerza de seguridad y el abuso de su función (artículo 80, inciso 9 del Código Penal).

En tanto, la querella coincidió en el homicidio doloso, pero bajo la teoría de dolo directo, sumando dos agravantes: el abuso del cargo policial y la alevosía.

La defensa, por su parte, apuntaba a la figura de homicidio culposo, lo que podría traducirse en «sin querer queriendo».

Finalmente, el tribunal integrado por los jueces Domingo Batule, Diego Matteucci y Alejandra Cataldi descartó por unanimidad el dolo directo y la alevosía, convalidando el dolo eventual planteado por el Ministerio Público Fiscal.

«Básicamente, cuando una persona crea una situación de riesgo tan grande que sabe que puede generar un resultado gravísimo, y la persona menosprecia ese resultado e igualmente genera esa condición, eso es el dolo eventual. El tribunal compartió ese criterio», explicó Zurueta.

La controversia principal se dio en torno al agravante del abuso de las funciones de seguridad. Por mayoría (votos de Batule y Matteucci), el tribunal decidió que dicha agravante no logró verificarse. Si bien el carácter de gendarme del acusado es un hecho objetivo y probado, la mayoría interpretó que no existió un abuso de la función en la persecución. La jueza Cataldi, en minoría, votó en sintonía con la fiscalía al considerar que el agravante sí estaba configurado.

La exclusión de la agravante del artículo 80 modificó de raíz las expectativas de la pena. De haberse sostenido, la única condena posible habría sido la prisión perpetua. Pero al quedar encuadrado como un homicidio simple por dolo eventual, la escala penal ahora se reduce a un piso de 8 años y un máximo de 25 años. Es dentro de este margen que las partes ofrecerán pruebas y atenuantes o agravantes el próximo miércoles.

Más allá de las diferencias, el fiscal Zurueta manifestó su conformidad por el resultado del proceso judicial. Y detalló: «No hay ninguna duda de la existencia de los hechos ni de la manera en que se dieron. No solo se pudo probar que hubo un homicidio, sino que se pudo probar que hubo un homicidio en un contexto de violencia institucional. Quedó acreditado que fueron nueve disparos, que dos impactaron en la víctima y uno en la motocicleta en la que circulaba. No quedó ninguna duda de cuál fue la causa de la muerte y no quedaron dudas de que esos proyectiles salieron del arma que en ese momento utilizaba el acusado, que era el arma reglamentaria».

La batalla judicial no terminará con la audiencia del 17 de junio. Tanto el abogado de la querella, Sebastián Espada, como el propio fiscal Zurueta anticiparon que las instancias de impugnación están abiertas.

Zurueta aclaró que esperará a conocer los fundamentos íntegros del fallo definitivo para analizar los pasos a seguir, aunque advirtió que lo más probable es que el caso termine bajo revisión de la Cámara Federal de Casación Penal en Buenos Aires.

«Tengo una diferencia jurídica con la mayoría del tribunal porque entiendo que los elementos para la agravante sí se daban. Las interpretaciones pueden ser diferentes, y son cuestiones que eventualmente discutiremos en una impugnación», concluyó el fiscal.

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