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El Código Contravencional prevé sanciones y multas por el carnaval

Empezó el carnaval y todas y todos deberán tener en cuenta que el Código Contravencional prevé sanciones para algunas de las formas más tradicionales de celebración, empezando nada menos que por el agua y el talco, ya que dispone penas de trabajo comunitario, multas y hasta arresto a los que «causen molestias a terceros que no participan de los juegos de carnaval». Alientan a denunciar a los que incumplan la norma.

El artículo 94 del Código Contravencional rige desde el 1° de enero de 2016 se titula «Juegos en ocasión de la celebración de las festividades de carnaval», y dispone que serán sancionados con hasta nueve días de trabajo comunitario, multa de hasta cinco Unidades o arresto de hasta tres días, los que en ocasión de los juegos de carnaval «utilizaren sustancias u otros elementos capaces de producir peligro para la integridad de terceros, arrojaren agua desde vehículos en movimiento o desde edificios o arrojaren agua o utilizaren otros medios capaces, conforme a las circunstancias, de causar molestias a terceros que no participan de los juegos de carnaval. 

El juez contravencional José Matías Ustarez Carrillo fue quien explicó que el sentido de esta disposición es evitar que el uso de elementos como pinturas, talcos o espumas provoquen algún daño, «como irritación o reacción alérgica», precisó el funcionario.

Aclaró además que quienes se vean afectados por esos juegos no consentidos pueden realizar la denuncia en cualquier comisaría o en el Departamento Contravencional, desde donde se elevan las causas al juzgado contravencional que corresponda.

«El espíritu del Código apunta, fundamentalmente, a resguardar la integridad de las personas para que no se vean vulnerados sus derechos», fundamentó Ustarez Carrillo, y agregó que «si bien es cierto nuestra provincia tiene aspectos culturales muy amplios, el Código Contravencional es uno solo, y lo que busca es defender los derechos de las personas frente al avasallamiento por parte de terceros».

Respecto al horario de funcionamiento de los locales bailables y boliches, explicó que el lunes y el martes son los únicos días que se extenderá hasta las 6 de la madrugada, volviendo a su horario habitual de cierre el resto de los días que se extienden las fiestas carnestolendas. 

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