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A quiénes alcanza el aislamiento, qué se puede hacer y cuáles son las excepciones

El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 establece los detalles del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el gobierno nacional para frenar la propagación del coronavirus en todo el país. La norma entró en vigencia en el primer minuto de este viernes y se mantendrá hasta las 24 horas del 31 de marzo.

Las personas deberán permanecer en su residencia habitual, o en la residencia en que se encontraran al momento de entrada en vigencia de la disposición, para cumplir con el aislamiento.

Se mantendrán abiertos los negocios de cercanía para realizar compras de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad.

La custodia del cumplimiento del aislamiento social estará a cargo de Gendarmería, Policía Federal, Prefectura y las policías provinciales.

El Ministerio de Seguridad de la Nación dispondrá los controles de carácter permanente en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las autoridades de las demás jurisdicciones y organismos del sector público nacional, en el ámbito de sus competencias, dispondrán procedimientos de fiscalización con la misma finalidad.

El decreto dispone la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción y procederá a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario.

No podrán realizarse eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que impliquen la concurrencia de personas.

Se suspende la apertura de locales, centros comerciales, establecimientos mayoristas y minoristas, y cualquier otro lugar que requiera la presencia de personas.

Durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, los trabajadores del sector privado tendrán derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales. La reglamentación de este punto quedará en manos del Ministerio de Trabajo.

Se otorga asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo.

Quedará conformado un gabinete federal con el fin de llevar adelante el seguimiento de la pandemia y sus consecuencias en las economías regionales.

Excepciones

El texto que se terminó de redactar ayer por la noche estipula la excepción del cumplimiento de la norma para:

El jefe de Gabinete podrá ampliar o reducir estas excepciones «en función de la dinámica de la situación epidemiológica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento de la presente medida».

En todos estos casos, además, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.

El decreto

DECRE-2020-0297-APN-PTE.pdf.pdf.pdf.pdf
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