, luego de cumplir con los procedimientos técnicos y administrativos exigidos por ley.
El Ministerio de Ambiente, en cumplimiento de la Ley Provincial N° 5063 «General de Medio Ambiente», y sus Decretos Reglamentarios 5980/06 y 9067/07, otorgó la factibilidad ambiental al proyecto de construcción de un horno crematorio, adjudicado oportunamente por la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a la empresa Servicios Sociales Futuro SRL.
Tal y como lo establece la normativa vigente, todo proyecto de obras y/o actividades públicas o privadas a realizarse dentro del territorio provincial susceptibles de producir efectos negativos y alteraciones significativas sobre el ambiente, debe ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, con el fin de identificar, interpretar, prevenir, evitar o disminuir las consecuencias o efectos que tengan dichos proyectos sobre los elementos que integran al ambiente natural y humano.
La Secretaría de Calidad Ambiental es el organismo responsable de llevar adelante este procedimiento, actuando como autoridad de aplicación de la mencionada normativa ambiental en la provincia, quien deberá expedirse finalmente otorgando o rechazando la Factibilidad Ambiental de un determinado proyecto.
En virtud de ello, con fecha 7 de mayo del corriente, la empresa Servicios Sociales Futuro SRL presentó formalmente la Solicitud de Factibilidad Ambiental, adjuntando para ello el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, elaborado por un consultor ambiental registrado en el Registro Provincial de Consultores Ambientales, dando inicio al trámite pertinente.
Luego de un proceso de análisis técnico y legal se hicieron observaciones al proyecto presentado por el proponente, muchas de las cuales fueron coincidentes con los aportes sugeridos a través de un espacio participativo que se abrió excepcionalmente a la ciudadanía en el contexto de la emergencia sanitaria; dado que está vedada la posibilidad de realizar reuniones con presencia de más de diez personas según las disposiciones provinciales y nacionales, garantizándose la absoluta transparencia, acceso a la información y participación en este proyecto, interpretando que se trata de un tema sensible para la comunidad en general.
En líneas generales, las consideraciones tuvieron que ver principalmente (más del 80%) con cuestiones procedimentales, siendo solo alrededor de un 20% aportes y observaciones técnicas, referidas a cuestiones tales como la generación de residuos, la producción de emisiones a la atmósfera, y planteos sobre la determinación de la línea de base ambiental, entre otras.
Estas observaciones, en conjunto con las elaboradas por el área técnica de la Secretaría, fueron cursadas a la empresa, quienes a través del consultor ambiental contratado dieron respuesta satisfactoria a las mismas.
Finalmente, la factibilidad ambiental le fue otorgada al proyecto de instalación del horno crematorio, dado que el mismo cumple con los estándares ambientales y las condiciones para garantizar un impacto compatible con el ambiente.
Independientemente de esto, el proceso de fiscalización y control continúa, en esta como en cualquier obra, una vez iniciada las operaciones, así como en todas las etapas y grados de avance de las mismas.