La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanza este lunes el aplicativo para acceder a la moratoria pyme 2020, anunciada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la titular del organismo recaudador, Mercedes Marcó del Pont, informaron fuentes oficiales.
El objetivo del programa es el de promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los monotributistas y autónomos, y alcanza a quienes tienen deudas impositivas, aduaneras y previsionales, indicaron los funcionarios en la presentación del plan.
«Estamos teniendo muchas consultas y hay interés de los clientes en acceder a la moratoria porque tiene beneficios muy interesantes», dijo Silvio Rizza, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), quien además recalcó que la medida alcanza también a consorcios.
Desde la entidad sostienen que el acercamiento de las empresas a la iniciativa que condona multas, establece un plan de pagos accesible y cuya adhesión producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal, siempre y cuando no tuviere sentencia firme, «tendrá un alto nivel de aceptación».
«El 95% de quienes certifican estados contables son pymes», explicó Rizzaen diálogo con Télam.
Las estadísticas de la AFIP muestran que entre 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas, y el sector más afectado a lo largo de ese período fue el de las MiPymes, es decir, empleadores con hasta 10 trabajadores que explican el 91% del total de empresas afectadas por la crisis.
Ante ese escenario, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente y pagar una única cuota mensual.
«La moratoria representa un alivio para la situación de asfixia financiera a la que fueron llevadas las pymes», sostuvo Marcó del Pont, al enfatizar que «el Estado argentino asume con los contribuyentes una posición similar a la que le solicita a sus acreedores externos: ofrece tiempo para ordenarse y volver a crecer».
El plan contempla la condonación parcial de intereses y total de multas, y las empresas que ingresen a la moratoria serán beneficiadas por una quita promedio del 42% sobre el total de las deudas con la AFIP.
Las empresas, entidades sin fines de lucro, monotributistas y autónomos interesados en acceder a este mecanismo de alivio para sus deudas, deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP, y el aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero.
En todos los casos, las personas humanas y jurídicas que decidan acogerse al plan deberán obtener el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo, y los interesados tienen hasta el 30 de abril próximo para solicitarlo.
Características del Plan Moratoria 2020
- ¿Quiénes podrían hacer uso de la Moratoria?
Podrán ingresar micro, pequeñas y medianas empresas, así como monotributistas, autónomos, cooperativas y clubes de barrio, entre otros contribuyentes.
- ¿Hasta cuándo se puede adherir a la moratoria?
La adhesión al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de abril de 2020.
- ¿Cómo se instrumenta la moratoria?
Las empresas interesadas en acceder a esta moratoria para darle alivio a sus deudas previsionales y fiscales deberán inscribirse a través del sitio portal web de la AFIP. Con la clave fiscal respectiva. Tengan en cuenta que, El aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero y se podrá acoger a la moratoria hasta el 30/04/2020,
- ¿Cuáles son los requisitos para la gran moratoria?
En todos los casos, las personas humanas y jurídicas que decidan acogerse al plan deberán contar con el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo. A su vez, la reglamentación de la AFIP contempla que entidades sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios y clubes de barrio podrán acceder al régimen. Para ello deberán acreditar su forma jurídica ante el organismo. El certificado MiPyme puede obtenerse hasta el día 30 de abril.
- ¿Cuántas cuotas tiene la moratoria?
Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y contribuciones (Formulario 931 SUSS) y retenciones
- ¿Cuál será la tasa de interés?
La tasa será del 3% mensual por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
- ¿Se puede reformular planes caídos o vigentes?
Sí. Se puede reformular todos los planes de facilidades de pago vigentes o caducos en un solo pago.
- ¿Hasta qué deudas puedo ingresar a la Moratoria?
Se pueden incluir deudas hasta el 30/11/2019
Ejemplo
Un ejemplo tentativo, sería de gran utilidad para entender la Moratoria sin perjuicio de la operativa sistémica desde el 17/02/2020:
Una micro empresa que debe $1.400.000 por impuestos de 2018 y 2019 experimentará una reducción de su deuda del 41% y deberá regularizar $1.000.000.
Si la empresa se presenta entre febrero y marzo no pagará anticipo y accederá a 120 cuotas.
La primera cuota que pagará en a mediados de julio será de $9500. Esa cuota es 3 veces más chica que la primera cuota con el plan anterior.
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