Autorizan extensión de horario en algunas actividades comerciales en La Quiaca

El Comité Operativo de Emergencia de La Quiaca dispuso la ampliación horaria en diversas actividades comerciales, entre ellos corralones, ópticas, librería, prácticas médicas como la oftalmológica y distintos oficios

En sintonía con la Resolución del Comité Operativo de Emergencia provincial y del Gobierno Nacional, el COE de La Quiaca dispone la ampliación horaria para la atención al público de los siguientes rubros:

Construcción privada y afines: Cerrajerías, Pinturerías, Artículos de Iluminación y Electricidad, Fletes y Mudanzas.

Ópticas y actividades oftalmológicas: Laboratorios ópticos, venta de anteojos y lentes de contacto.

Librería y libros: Venta de libros, diarios y revistas.

Oficios y otros: Gasistas, pintores, plomeros, jardineros, carpinteros, electricistas y empleadas de casas particulares.

El horario permitido será de lunes a sábado en el rango horario de 08:00 hs. a 18:00 hs. y los días domingo y feriados de 08:00 hs. a 14:00 hs. para los comercios autorizados en los rubros mencionados en La Quiaca.

Al mismo tiempo se establece el horario de 08:00 a 09:00 hs., para la atención prioritaria de las personas con factor de riesgo a saber: mayores de 60 años; embarazadas; inmunodeprimidos; con patologías respiratorias crónicas; con diabetes tipo 1 (insulino dependiente); con insuficiencia renal; con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

El decreto provincial, al cual adhiere el COE de La Quiaca, estipula la reducción del 50% de su capacidad habilitada en los locales comerciales con la obligación de proveer alcohol en gel, agua, jabón o soluciones alcohólicas, para sus empleados y clientes en sus instalaciones y en especial en los puntos de cobro; mantener una adecuada distancia entre las personas; como así también toda otra medida de salubridad que el establecimiento considere pertinente.

En ese sentido se solicita a comerciantes, trabajadores y público en general que deberán consultar en detalle las indicaciones del Protocolo de Bioseguridad para los Comercios y Rubros Autorizados en el Anexo II (archivo adjunto) del Boletín Nº 45 con fecha 15 de abril de 2020 emitido por el Gobierno Provincial.

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