
La presentación de los fiscales fue formulada ante el juez federal Santiago Martínez y tiene por objeto «todas las víctimas mujeres que ya han sido requeridas porque la hipótesis de este requerimiento es que la totalidad de ellas han sido víctimas de violencia sexual».
«Sostenemos un concepto amplio de violencia sexual que no se reduce a las violaciones o abusos, sino que el hecho de ser mujer en un Centro Clandestino de Detención y Tortura implicó ser víctima de violencia sexual, por la exposición a la desnudez, los insultos, el ir al baño con un hombre mirando, la higiene personal, lo que implicaba menstruar ahí», precisaron Palazzani y Nebbia en su presentación.
La presentación de los fiscales, de casi 100 carillas, recopila las pruebas obtenidas en la instrucción de las causas judiciales y en los debates orales desarrollados en la ciudad, uno de los cuales culminará la próxima semana. En ese sentido, los fiscales insistieron en que la cantidad de testimonios recabados demuestran la práctica sistemática de aquellos delitos y que, por lo tanto, no es necesario producir más elementos probatorios, salvo en los casos de víctimas que quieran y puedan declarar una vez más al respecto.
Los integrantes de la Unidad Fiscal de Bahía Blanca indicaron que gracias al avance de las investigaciones por crímenes de lesa humanidad «hoy es indiscutible que los abusos sexuales fueron una de las facetas del fenómeno criminal» del terrorismo de Estado.
Sin embargo, remarcaron que «los delitos sexuales perpetrados entonces todavía no han sido tratados en los procesos judiciales –al menos en nuestra jurisdicción– de un modo acorde con la verdadera dimensión que han tenido».
En esa línea, los fiscales aventuraron dos razones que causaron esa ausencia: «las gravísimas consecuencias, tanto individuales como sociales y culturales, que estos tipos de delitos tienen para las víctimas que lo sufren» y «la profunda cultura machista, sin una perspectiva de género que la práctica judicial tiene».
Los fiscales diferenciaron en su presentación los delitos sexuales de los tormentos aplicados en los centros clandestinos de detención -cuya tipificación en el Código Penal protege bienes jurídicos distintos- y luego realizaron un pormenorizado recorrido por la jurisprudencia y doctrina internacional.
Pusieron también de relieve la última condena por delitos sexuales dictada en Santa Fe a los jerarcas imputados por los crímenes en la localidad de Reconquista y los antecedentes previos de Mar del Plata (caso Molina) y también de Santa Fe (causa Barcos).
