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Brindan información oficial sobre la protección de los glaciares y periglaciares jujeños

glaciar 01La secretaria de Gestión Ambiental, María Elina Domínguez, habló sobre las acciones realizadas en torno a la protección de los glaciares y ambientes periglaciares y, el cumplimiento de las normas vigentes que los protegen, por parte de los organismos provinciales de aplicación.

La funcionaria aseguró que el Inventario Provincial de Glaciares y Periglaciares se encuentra confeccionado en su totalidad, realizado por el Instituto de Geología y Minería de la UNJu, en el marco de un Convenio firmado en el año 2010 y actualizado en los años 2012 y 2014.

Asimismo manifestó que la protección del agua es política de Estado provincial, considerándola un recursos estratégico, por ello es que apenas se sancionó la ley provincial 5647 el 8 de julio de 2010 para la confección del Inventario, se designó al Instituto de Geología y Minería de la UNJu como el organismo encargado de la realización del inventario.

Actualmente se desarrolla la actualización del Inventario de Glaciares y Periglaciares, conforme la carta acuerdo vigente entre la Provinciay la UNJu.

“De esta forma, la seriedad y exactitud de la información obtenida está avalada por el prestigio nacional e internacional de nuestra universidad que a través de sus cuerpos técnicos posee el conocimiento acabado del escenario provincial que, obviamente, presenta diferencias sustanciales en relación a otras áreas geográficas de la Argentina, por estar emplazada en los Andes Desérticos,  siendo en este ambiente los fenómenos de la criogénesis diferentes a los de las regiones del Centro y Sur del país”, explicó la funcionaria.

Por otro lado, hizo especial hincapié en los alcances del fallo dictado recientemente por la Corte Suprema de la Nación Argentina en un planteo efectuado por la Cámara Minera de Jujuy, que rechaza el pedido de declaración de inconstitucionalidad de la ley nacional con fundamento en que no se acredita una causa o caso contencioso que permita la intervención del Poder Judicial de la Nación. En ese sentido dijo: “el fallo de la Suprema Corte no suspende la Ley Provincial N°5647 de Protección al Ambiente Glaciar. Aún más, esta normativa nunca fue objeto de estudio”.

“La Provincia de Jujuy, a través de todos sus Poderes, ha consagrado la protección de los glaciares y ambientes periglaciares al punto tal que el Poder Legislativo, a través de la sanción de la ley provincial, ha establecido la obligación de inventariarlos incluyendo en su definición a los glaciares descubiertos y cubiertos y dentro del ambiente periglaciar a los glaciares de escombro”, precisó Domínguez.

Cabe resaltar que cuando se habla de glaciares de escombro, se habla de la protección de los ambientes periglaciares. Además, es de considerar que en nuestro país los glaciares descubiertos y cubiertos solo se localizan en los Andes Centrales y Patagónicos de la Argentina, no así en los andes Desérticos de la Provincia de Jujuy.

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