El Tribunal Oral Federal de Jujuy condenó a Milagro Sala a 3 años y medio de prisión en la causa de los huevos, esta vez por el delito de amenazas coactivas. En el juicio oral que se desarrolló en 2016, la dirigente social había sido absuelta en esa acusación, por considerar que había prescripto, y condenada por el delito de daño agravado. Horas antes de dar a conocer este último fallo, los jueves integrantes del TOF fueron denunciados ante el Consejo de la Magistratura por mal desempeño de sus funciones.
Los hechos se desarrollaron en 2009, cuando hubo una protesta y escrache contra el entonces senador Gerardo Morales, en el que le tiraron huevos. Milagro Sala no estuvo presente en el lugar, pero fue juzgada y condenada como instigadora. En el juicio de 2016 se reveló que el único testigo en su contra trabajaba para el gobernador Morales, cuando él lo había negado.
El abogado Marcos Aldazábal, que defiende a la dirigente social, calificó como “un escándalo” la nueva sentencia contra Milagro Sala, “no solo porque está prescripta sino porque además hay un trámite previo pendiente en la Cámara de Casación”, explicó a El Submarino Radio (FM Conectar 91.5).
De todos modos, expresó que el fallo no lo tomó por sorpresa. “Este es el mismo tribunal que no le permitió designar abogado defensor a uno de los imputados”, recordó, en relación al acusado Gustavo Salvatierra, a quien quisieron obligar a aceptar un defensor oficial.
Por esta cuestión en particular, el año pasado la Corte Suprema de Justicia dijo que esa decisión era totalmente nula y le ordenó a Casación que dicte un nuevo fallo. “Esto seguramente va a generar la nulidad de todo lo actuado”, adelantó Aldazábal, y agregó: “En este punto, entonces, el Tribunal no podría dictar ninguna sentencia cuando hay algo previo que podría hacer caer todo”.
Prescripciones
Aldazábal explicó que los dos delitos por los que se acusó a Sala están prescriptos. El de amenazas coactivas, hace 4 años; el de daños, hace seis meses.
“Esta causa había prescripto en diciembre de 2020, porque pasó el tiempo que indica el Código Penal. Durante cuatro años, que era el tiempo que tenían para prescribir los dos delitos de esta causa, el Tribunal no hizo nada”, precisó el abogado, y aclaró que, una vez cumplidos los plazos, “dictar la prescripción es una obligación del Tribunal”.
“Cuando presentamos el planteo de prescripción por Milagro, el Tribunal se apartó de lo que dice la ley y de toda la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, e inventó una causal que supuestamente interrumpió la prescripción, lo cual está completamente prohibido”, detalló.
El letrado señaló que el artículo 67 del Código Penal enumera con precisión las cinco razones para determinar las prescripciones. “Además, la Corte Suprema dijo mil veces que es totalmente inadmisible inventar una nueva causal de interrupción de prescripción -agregó-. Y en un fallo de 2019 la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires dice que algo así es ‘un alzamiento contra nuestra autoridad’”.
Pero esto no es todo. Además de inventar un motivo para suspender la prescripción, el Tribunal dispuso que esa suspensión alcanza a los dos delitos por los que Milagro Sala fue acusada en este expediente, cuando el Código Penal dice explícitamente que la prescripción se interrumpe separadamente para cada uno de los delitos en cuestión.
Denuncia ante el Consejo
Aldazábal, junto a sus colegas Luis Paz y Eduardo Tavani, presentó este miércoles una denuncia ante el Consejo de la Magistratura de la Nación contra los integrantes del TOF, los jueces federales Mario Héctor Juárez Almaráz, Alejandra Cataldi y Liliana Snopek, por su mal desempeño de sus funciones en la causa “de los huevos”.
En la presentación, los abogados señalaron: “Es de esperar que Juárez Almaráz, Cataldi y Snopek, sean separados de sus cargos, por la causal de mal desempeño, más allá de las ulteriores acciones que pudieran corresponderles por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal”.
Sobre esta denuncia, Aldazábal reflexionó: “Yo no sé si esto es por Morales o por qué fue, no lo sé y quizás no se pueda probar nunca. Lo que importa es que un error de estas características se conoce como desconocimiento inexcusable del derecho y es suficiente para que se remueva a un juez, porque es un cargo de altísima responsabilidad y no se puede hacer cualquier cosa, como apartarse de la ley cuando está totalmente clara”.
El Tribunal federal de Jujuy fue denunciado ante el Consejo de la Magistratura