El Tribunal Oral Federal N° 1 de Jujuy condenó a 17 años de prisión e inhabilitación absoluta al sargento primero Walter Daniel Álvarez por el crimen de Ivo Rodrigo Torres, ocurrido en febrero de 2025 en La Quiaca. Se trata de la pena fijada tras haber sido declarado culpable de homicidio simple bajo la figura de «dolo eventual en un contexto de violencia institucional». La fiscalía y la querella podrían apelar la cuestión de los agravantes.
La última jornada del juicio definitivo sufrió algunas demoras debido a complicaciones logísticas en el traslado del acusado. Antes del cierre de los alegatos, el tribunal hizo lugar a un pedido de la defensa e incorporó dos testimonios de última hora: el de la hermana del imputado y el de un excompañero de la fuerza de seguridad.
Las dos etapas del juicio
El proceso penal federal se dividió en dos fases muy marcadas. En la primera, se determinó de forma unánime la responsabilidad penal de Álvarez en el hecho.
Quedó probado que el gendarme efectuó nueve disparos con su arma reglamentaria durante una persecución; dos de los proyectiles impactaron en el joven y uno en la motocicleta en la que circulaba, provocándole la muerte.

En contrapartida, los otros tres gendarmes que se trasladaban en la patrulla –el subalférez Alexander Ezequiel Gunther, la cabo Juliana Enciso y el cabo primero Marcos Leonardo Wysniewki– fueron sobreseídos.
Los agravantes
La controversia central del fallo definitivo radicó en la calificación legal y la decisión del tribunal de no considerar otros agravantes que habrían llevado al imputado a la pena de prisión perpetua.
En un fallo por mayoría, los jueces Domingo Batule y Diego Matteucci descartaron la figura de dolo directo, la alevosía (solicitada por la querella) y el agravante por el abuso de la función pública (previsto en el artículo 80, inciso 9 del Código Penal). Aunque el carácter de gendarme de Álvarez estaba plenamente acreditado, los magistrados consideraron que no se verificó un abuso deliberado de su función en el procedimiento.
Al quedar catalogado como homicidio simple, la escala penal se redujo a un piso de 8 y un máximo de 25 años.
En los alegatos, la fiscalía había solicitado una pena de 18 años, la querella de 22 años y la defensa el mínimo legal de 8 años.
La jueza Alejandra Cataldi votó en minoría en sintonía con las acusaciones, sosteniendo que debía considerarse el agravante por su condición de miembro de una fuerza de seguridad.

Sabor agridulce
Luego de que Álvarez fuera declarado culpable y mientras se esperaba la decisión del tribunal respecto de la pena, el fiscal federal Federico Zurueta manifestó su conformidad con el esclarecimiento del hecho y la acreditación de la violencia institucional, pero remarcó que mantenía una diferencia jurídica clara con el criterio de la mayoría del tribunal.
Por su parte, Sebastián Espada, abogado de la familia de Ivo Torres, destacó que el fallo de culpabilidad traía algo de tranquilidad, pero ratificó que apelarán formalmente la quita de los agravantes ante la Cámara Federal de Casación Penal en Buenos Aires una vez que se conozcan los fundamentos escritos del veredicto.
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