El Congreso Nacional de Chile aprobó este miércoles la ley que despenaliza en tres causales el aborto en un paso histórico para que el país sudamericano deje de ser una de las seis naciones que lo tienen totalmente prohibido.
Luego de una larga discusión que duró más de dos años en el poder legislativo, el proyecto para legalizar la interrupción del embarazo por violación, riesgo vital para la madre y en caso de un embrión o feto inviable fue aprobado. Primero, por la Cámara de Diputados y luego por el Senado, donde obtuvo 22 votos a favor y 13 en contra.
La ley, conocida como «de tres causales», deberá pasar ahora por el examen del Tribunal Constitucional de ese país a solicitud de la mayor parte de la coalición conservadora Chile Vamos, que alega que atenta contra el derecho a la vida resguardado en la Constitución.
El pasado 20 de julio el trámite se frenó debido a la discusión sobre cómo regular la interrupción del embarazo en menores de 14 años.
Aunque el resto de la ley fue aprobada, ese punto concreto requería una mayoría cualificada de 67 votos que no se alcanzaron por la abstención de un diputado de la coalición oficialista.
El artículo no aprobado sobre las menores de 14 años pasó entonces al estudio de una comisión mixta de diputados y senadores, que envió un informe el martes a la cámara baja del Parlamento.
Lo que dice la ley
Las menores de 14 años requieren de una autorización de su tutor legal para abortar. Si este no la concede, pueden recurrir asistidas por un integrante del equipo de salud a los tribunales, donde un juez tendría 48 horas para tomar la decisión.
Si a juicio del médico existen antecedentes para estimar que solicitar la autorización del tutor legal podría crear a la menor de 14 años o a la mujer judicialmente declarada incapacitada por causa de demencia un riesgo grave de maltrato físico o psíquico y otras acciones u omisiones que vulneren su integridad, no será necesaria esa autorización y en su lugar, se pedirá una judicial. En este caso, la opinión del médico deberá constar por escrito.
Dicha autorización judicial se debe solicitar a un juez con competencia en materia de familia del lugar donde se encuentre la menor de 14 años o la mujer judicialmente declarada incapacitada por causa de demencia. El procedimiento será reservado y no será admitida oposición de terceros distintos al tutor legal que haya negado la autorización.
BBC Mundo