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Deben presentar declaración jurada aquellas personas que cuidan a adultos mayores

La Dirección Provincial de Protección Integral de las Personas Adultas Mayores comunicó que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación emitió una resolución reglamentando las excepciones para la asistencia de personas mayores donde establece que quienes realicen tareas de cuidado sean familiares o no, deberán presentar una declaración jurada para circular.

Si bien el Gobierno Nacional emitió el Decreto 297/2020 de aislamiento social, preventivo y obligatorio, en el artículo 6 inciso 5 del mismo, se establecen excepciones para la asistencia de personas mayores, para que el cuidador o cuidadora que las tenga a su cargo pueda continuar realizando las tareas de apoyo y/o cuidado de estas personas en las actividades de la vida diaria.

Por ello, desde el Ministerio de Desarrollo Humano de Jujuy se recomienda a quienes realizan tareas de cuidado de personas mayores, tener en cuenta la resolución 133/2020 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, donde especifica los casos de excepciones y donde determina la obligatoriedad de tener en su poder una declaración jurada, completada, a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con su Documento Nacional de Identidad.

Tal Declaración deberá constar horarios y días en los cuales el/la cuidador/a, se trate de familiar o profesional, acudirá al domicilio de la persona mayor para su cuidado y/o asistencia; y la declaración jurada podrá ser completada llenando a mano o computadora el formulario impreso. En el caso de no contar con impresora, debe transcribirse la totalidad del formulario y completar los datos solicitados de puño y letra en una hoja en blanco.

Para descargar el formulario ingresar aquí: https://www.argentina.gob.ar/noticias/coronavirus-excepciones-para-la-asistencia-de-personas-mayores

Para ver la resolución ingresar aquí: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227105/20200323

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