El nuevo Código Procesal Penal de la Provincia rige en toda su competencia

Se realizó un encuentro de fiscales y personal del Ministerio Público de la Acusación (MPA), por la entrada en vigencia de la totalidad de competencias del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia.

Sobre el asunto. el fiscal general, Sergio Lello, explicó que es necesaria la implementación de profundos cambios en la modalidad de trabajo dentro del sistema procesal acusatorio.

El titular del MPA recordó que desde el miércoles 1 de marzo entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia en todas sus competencias, hasta el momento solo se trabajaba con el nuevo ordenamiento en los casos de narcomenudeo y violencia intrafamiliar, de género y delitos contra la integridad sexual.

En este contexto calificó como “superador” el trabajo realizado desde octubre de 2022 “en relación al anterior esquema, ya que entre la gran cantidad de alternativas que posibilita este ordenamiento están los juicios abreviados y en este sentido se realizó 800 audiencias hasta fines de febrero, obteniéndose cerca de 400 sentencias condenatorias, esto supera la cantidad de sentencias de los años 2021 y 2022”, destacó.

Ante la vigencia para todas las competencias es que surge la necesidad de readecuaciones orgánicas y funcionales para lo cual fueron convocados fiscales y ayudantes fiscales para definir las pautas de esta nueva forma de trabajo cuyo rasgo más importante es que ya no se utiliza más el expediente en un soporte de papel, el soporte ahora es informático a través del denominado “legajo de investigación”.

Por una administración de justicia transparente, eficaz y con mayor celeridad

“Hay un profundo cambio en la modalidad de trabajo, es a partir de audiencias que simplificarán la gestión de las causas. Una de las principales virtudes del sistema acusatorio, es que sirve como método para organizar la tarea de manera concreta y simplificada, permite rápidamente evaluar la acción a determinar con el caso y gestionarlo o tomar una decisión al respecto, algo que no posibilitaba el anterior código, ya que sólo se tramitaba las causas con detenidos.

Ahora, si hay detenidos, corresponde realizar audiencias ante el juez, el fiscal y la defensa, mientras que las causas sin detenidos continuarán siendo gestionadas por los fiscales y en estos casos se plantea la posibilidad de dirimir mediante resolución alternativa de conflictos o suspensión de juicio a prueba, tras lo cual imputado deberá cumplir con tareas comunitarias”.

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