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Espinassi: “Pareciera que el objetivo de este proceso es el de detener gente”

marco espinassiMarco Espinassi fue, junto a Juan Giusti, abogado de Mabel Balconte hasta que la diputada decidió que su defensa quedaba a cargo de Guillermo Puertas. En diálogo con El Submarino Radio, reveló que la familia de la legisladora se comunicó con él para expresarle su preocupación por la actuación del nuevo letrado, que no respondió a las citaciones de la justicia referidas a las apelaciones que habían sido presentadas y que la cámara acaba de rechazar.

Pese a estar alejado del expediente, Spinassi opina sobre la actuación de la justicia, no solo en la causa en la que está imputada Balconte sino en general: “Pareciera que el objetivo del proceso es el de detener gente, que no puede investigar si las personas no están detenidas, pero eso va en contra de la Constitución Nacional y el principio de inocencia”, sentenció.

En el mismo sentido se refirió a la situación de Milagro Sala: “Usted tiene hoy a una persona inocente detenida”.

-La Cámara rechazó la apelación que usted había presentado como abogado de Mabel Balconte por el desafuero, pero usted ya no es abogado de la diputada. ¿Cómo es la situación?

-Cuando el doctor Giusti y yo asumimos la defensa de la diputada Balconte, presentamos una serie de recursos. Uno de ellos impedía que la Legislatura tratara el tema de los fueros hasta tanto se resolvieran los otros. El recurso de apelación es el primero de los recursos posibles. Cuando la diputada cambió de abogado, el nuevo abogado debía continuar. Nosotros interpusimos puntualmente el recurso por los fueros, que era la más importante de las apelaciones, y la sostuvimos. Después se fijó una audiencia trascendental, que es la audiencia de expresión de agravios, a la que va el abogado a defender el recurso, pero el doctor Puerta no respondió a ninguna de las dos citaciones. Por lo tanto, el tribunal dictó fallo sin que se cumpliera con ese paso.

-¿El abogado Puerta no concurrió a las audiencias?

-No quiero analizar su actuación como abogado ni las causas, pero hay algunos datos concretos y objetivos: empiezan a notificarme a mí de una serie de recursos.

-¿Cómo es eso?

-Lo que tenía que pasar es que una vez que el juez de Control concede el recurso, el abogado Puerta debía recurrir ante la Cámara de Apelación para sostenerlo. Pero eso no pasó. Por lo tanto, hay dos recursos que se declararon desiertos porque el abogado no fue a sostenerlos. Esos son datos objetivos y reales. Yo tengo la cédula en mi poder. Hasta la fecha son tres recursos que cayeron.

-¿Cuáles son?

-El primero es el expediente N° 77/16, de la Cámara de Apelaciones, que se declaró desierto. Nosotros habíamos interpuesto un pedido de inconstitucionalidad de la investigación jurisdiccional, porque el Código establece que el que debe llevar adelante la investigación es el fiscal y no el juez, que es un tercero imparcial ajeno a todo esto. Cuando hay personas que tienen fueros, lo que ocurre es que empieza a investigar el juez, y eso es lo que nosotros consideramos inconstitucional porque priva a la defensa y al imputado de tener un tercero imparcial, que es el juez. Otro planteo es una excepción a falta de acción, porque estos asuntos deben ser previamente auditados por el Tribunal de Cuentas, que en su artículo 72 establece que no se pueden iniciar acciones hasta tanto el Tribunal se expida. Y esto no se hizo, sino que directamente se imputó sin que se haya podido ni siquiera auditar para ver si existen irregularidades en el expediente. Esto tampoco lo fue a sostener el doctor Puerta. Y el tercero que cayó es el de los fueros. La familia de la diputada se contactó conmigo para expresarme su preocupación porque hasta ahora siente que no la estaban defendiendo bien, porque el abogado no se presentó a sostener los recursos.

-¿La familia de la diputada Balconte se comunicó con usted después de que el doctor Puerta asumiera la defensa?

-Sí, hemos tenido contacto porque seguimos vinculados con las notificaciones. Nosotros, apenas dejamos la defensa de Balconte, preparamos un informe detallado con el estado de las actuaciones y cuál sería el próximo paso a seguir. Es decir que la diputada y sus abogados sabían que debían ir a sostener esos recursos de apelaciones y no lo hicieron.

-¿Y ahora qué pasa?

-Hoy está corriendo un plazo para que presente dos posibles recursos, que es el de casación y el de inconstitucionalidad. Yo escuché que él va a interponer el recurso de inconstitucionalidad, que esa será su estrategia defensiva.

-¿Y usted qué opina?

-Yo creo que sería perder un paso procesal para la diputada Balconte. Porque si él interpone primero el recurso de casación, después puede interponer eventualmente el de inconstitucionalidad. Pero esta es mi posición personal, es lo que yo haría. Lo que quiero decir es que aún no está firme, y si quedara firme, lo que sería un error de la defensa, esto debería volver a la Legislatura, que debería reanudar el trámite y tratar el tema del desafuero. Pero hay otro tema muy importante que no se analiza en los medios: nosotros también hemos presentado un pedido de nulidad de la sesión de la Legislatura en la que se da por suspendido el trámite de desafuero de la diputada, porque si ustedes recuerdan esa fue una sesión que se había caído, que había sido citada para las once de la mañana, pasada la una de la tarde se hicieron conferencias de prensa donde se informó que los diputados se retiraban del recinto y como a las dos de la tarde se inició una sesión con dos diputados que dieron cuórum, cuando la sesión ya estaba caída. Por eso entendemos que esa sesión es nula, y así está planteado en el Superior Tribunal de Justicia, que todavía no resolvió el tema.

-Y mientras tanto la diputada no puede ser detenida. ¿Es así?

-Claro. Si la detuvieran sería una barbaridad. Aquí pareciera que el objetivo del proceso es el de detener gente, cuando ha quedado demostrado en la práctica que el proceso camina sin obstáculos con las personas en libertad. Esta es una crítica que siempre le hago al poder judicial: parece que no puede investigar si las personas no están detenidas. Pero eso va en contra de la Constitución Nacional y el principio de inocencia. Las medidas de privación de la libertad son muy excepcionales, sin embargo acá se invierte la regla. El fiscal tiene que justificar por qué una persona está privada de la libertad sin sentencia; no alcanza con decir que hay peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación.

-¿Se aplica esto en el caso de Milagro Sala?

-Totalmente. Usted tiene hoy a una persona inocente detenida, porque solamente es culpable cuando el tribunal con una sentencia firme lo dictamine así. Y acá recién están investigando.

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