La Municipalidad de San Salvador de Jujuy, por lo determinado en el Artículo 12 de la Ordenanza N° 6.378/2012, dispone eximir del total de las prestaciones a jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo jubilatorio, en concepto de servicio de recolección de residuos, barrido, limpieza de calzada, transporte, disposición final y gestión de cobranza que efectúa la empresa Limsa S.A. También serán incluidos en esta disposición aquellos que superen el haber mínimo jubilatorio en un 30 por ciento.
Los beneficiarios de la normativa deberán presentar la solicitud de eximición, relacionada con la ordenanza 6378/2012, hasta el 30 de junio de cada año en el Departamento de Recaudación, perteneciente a la Dirección General de Rentas.
Para mayor información, los interesados podrán dirigirse a la Dirección General de Rentas, al Departamento de Recaudación, sito en calle Otero 455.