Antes del 31 de marzo los productores mineros deben realizar por Ley las reinscripciones y/o inscripciones de sus minas y/o canteras vigentes y concesión, en el registro de productores mineros, ante la Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos.
El trámite se realiza en oficinas del Departamento de Policía y Control Minero, donde se les proveerá del nuevo formulario vigente, al que deberán adjuntar el correspondiente Certificado de Titularidad actualizado que expide el Juzgado Administrativo de Minas.
El incumplimiento de este trámite, dará lugar a la aplicación de las severas sanciones que prevé el Art. 2 de la Ley N° 3.574, como así también la suspensión del suministro de Guías de Transito de Minerales para su transporte
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