Jubilados: El gobierno publicó el veto presidencial y un nuevo bono de 70 mil pesos

El Gobierno nacional fijó un nuevo bono extraordinario para jubilados y pensionados por un monto máximo de hasta 70.000 pesos que se abonará en el mes de septiembre de 2024.

La decisión llega después del veto del presidente a la reforma de actualización jubilatoria que se votó en el Congreso. Ambos figuran en el Boletín Oficial con el N°782/2024

El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Guillermo Francos y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Tras la aparición del veto total de la reforma jubilatoria sancionada por el Congreso que disponía elevar el haber mínimo y, además, establecía una nueva fórmula para el cálculo de los ingresos de los jubilados.

Ahora será el turno del Poder Legislativo, que deberá decidir si insiste o no con el proyecto.

Además, argumenta que Ley N°24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional es clara al exigir de forma expresa que toda «ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.

El decreto indica que la aplicación de la ley «implicaría para el Estado Nacional un gasto adicional al previsto de aproximadamente seis billones ciento sesenta mil millones de pesos ($6.160.000.000.000.-) para el año 2024», que se elevaría a «quince billones cuatrocientos treinta mil millones de pesos ($15.430.000.000.000.-) para el año 2025».

A su vez remarca que dar cumplimiento a la medida sancionada por el Congreso «dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República Argentina» e implicaría «obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos».

¿Quiénes cobrarán el bono?

Según lo fijado en el decreto serán beneficiarios de este bono las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses; las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº27.260 y sus modificatorias; los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo ANSES.

Además, se dispone que para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, también serán alcanzadas por el bono.

El decreto establece que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono. Es decir, cobrará la diferencia.

El bono tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

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