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Juicio de lesa humanidad en Bahía Blanca: condenaron a perpetua a 21 represores

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Bahía Blanca condenó a prisión perpetua este miércoles a 21 de los 31 imputados por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en jurisdicción del V Cuerpo del Ejército, con asiento en Bahía Blanca.

Entre los imputados se encuentran militares retirados del Ejército, expolicías provinciales de Buenos Aires, Río Negro y Neuquén, y exagentes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) que actuaron en centros clandestinos de detención en perjuicio de 105 víctimas.

Además dispuso penas de 9 años de prisión a cuatro integrantes del Ejército y un ex jefe policial de Neuquén; de 10 años a un exjefe de la Policía Federal con asiento en Viedma; de 6 años a un integrante del Servicio Penitenciario Bonaerense, mientras que otro de la misma fuerza fue condenado a 3 años. También fueron condenados a 3 años de prisión un exjefe de la policía de Cipoletti, mientras que otro integrante del Ejército fue absuelto.

La lectura del veredicto de la causa 1/12, denominada «González Chipont, Julio y otros s/privación ilegal de libertad», a cargo del Tribunal integrado por los jueces Jorge Ferro, José Mario Triputti, y Martín Bava, comenzó a las 17.45 y se extendió por más de dos horas en el aula Magna de la Universidad Nacional del Sur.

Se trata del cuarto tramo de la investigación por crímenes de lesa humanidad cometidos bajo el control operacional del Comando del V Cuerpo del Ejército en Bahía Blanca y alrededores.

El Tribunal condenó a perpetua a los integrantes del Ejército Argentino Juan Manuel Bayón, Osvaldo Bernardino Páez, Walter Wartolomé Tejada, Osvaldo Lucio Sierra, Julio Guillermo González Chipont; Carlos Alberto Ferreyra, Pedro Angel Cáceres y Jorge Horacio Granada. También a Norberto Eduardo Condal, Carlos Alberto Taffarel, José Enrique del Pino, Víctor Raúl Aguirre, Jorge Enrique Mansueto Swendsen, Alejandro Lawless, Raúl Artemio Domínguez, Arsenio Lavayén, Desiderio Andrés González, Gabriel Cañicul y José María Martínez.

Por la misma pena fueron condenados losex policías bonaerenses Pedro José Noel y Jesús Salinas.

Además, el Tribunal condenó a los integrantes del Ejército Oscar Lorenzo Reinhold, a la pena de 14 años; a Jorge Horacio Rojas, Miguel Angel Nilos y Miguel Angel Chiesa, a la pena de 9 años de prisión, mientras que por la misma fuerza fue absuelto por principio de duda Alberto Magno Nieva, para quien se dispuso la libertad.

Otras penas recayeron para el ex jefe de la policía de Neuquén Osvaldo Antonio Laurella Crippa, a 9 años; el ex policía federal que se desempeñó en Viedma Osvaldo Vicente Floridia, a 10 años de prisión, mientras que el ex comisario de Cipoletti Antonio Camarelli fue condenado a 3 años.

También el Tribunal condenó a la pena de 6 años de prisión al ex integrante del Servicio Penitenciario Bonaerense Héctor Luis Selaya, y otros 3 a Andrés Reynaldo Miraglia, de la misma fuerza.

Crímenes de lesa humanidad

En el veredicto los jueces señalaron que «la totalidad de los delitos constituyen crímenes de lesa humanidad perpetrados en el marco del genocidio sufrido en el país y durante la última dictadura cívica militar». Además en la resolución del TOF expresó se dispongan las penas «en penales comunes bajo jurisdicciones del Servicio Penitenciario Federal o en prisiones provinciales».

Asimismo, los jueces indicaron en el fallo que se ordene la baja del Ejército Argentino de los oficiales y suboficiales condenados, de la Policía Federal Argentina, de la Policía de la provincia de Río Negro, de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y del Servicio Penitenciario Bonaerense.

El juicio oral y público había comenzado en octubre del 2016 sobre la responsabilidad de 39 imputados pero por el fallecimiento o razones de salud la cantidad se redujo a 31.

Entre los hechos investigados, se incluyeron los casos de 82 personas secuestradas en el centro clandestino de detención «La Escuelita», 42 casos de homicidio (en 13 de los cuales la víctima permanece desaparecida), y la apropiación de los niños de María Graciela Izurieta y Graciela Alicia Romero, nacidos durante el cautiverio de sus madres.

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