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La Cámara de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional la reforma laboral del DNU de Milei

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad de la reforma laboral que busca llevar adelante el Gobierno del presidente Javier Milei a través del decreto de necesidad y urgencia 70/23. El título de Trabajo del DNU había sido judicializado por la CGT y la Justicia había dado lugar al recurso de amparo, dejando sin efecto la aplicación de esa parte del decreto.

En el fallo, los camaristas Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera resolvieron «declarar la invalidez constitucional del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU 70/2024, por ser contrario al art. 99, inc. 3º, de la Constitución Nacional», que establece que el Poder Ejecutivo no tiene la competencia para emitir disposiciones de carácter legislativo.

En la sentencia de 15 páginas repasan que «el principio que organiza el funcionamiento del estatuto del Poder del Estado es, precisamente, la división de funciones y el control recíproco, esquema que no ha sido modificado por la reforma constitucional
de 1994», y explican lo obvio: «Así, el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento, y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas
jurídicas».

«Desde esta perspectiva -continúan-, no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso, o que no se halla sujeto al control judicial».

Dicen además que «no se observan verificadas» las «circunstancias excepcionales» que justificarían la intención del Ejecutivo y que «ningún impedimento existía para la reunión de las cámaras del Congreso».

Más adelante plantean que «reconociendo que la vulnerabilidad es una circunstancia que afecta a la persona que trabaja en relación de dependencia, dada su desigualdad negocial, y que se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo».

Ya en el tramo final, la Cámara resuelve hacer lugar a la acción de amparo iniciada por la CGT contra el Estado nacional y «declarar la
invalidez constitucional del Título IV» del DNU.

La sentencia completa

DNU-reforma laboral-camara-SENTENCIA DEFINITIVA Expte Nº 568622023
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