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La Cámara Penal revocó el cese de detención de ex funcionarios del Ivuj

justicia01La Cámara de Apelaciones y Control del Poder Judicial de Jujuy hizo lugar al recurso de apelación presentado por la Fiscal de Investigación Penal Nº1, Liliana Fernández de Montiel y revocó la resolución del Juez de Control Nº1, Gastón Mercau, quien el 16 de febrero de 2016 dispuso liberar a los inculpados Pablo Sebastián Tolosa Perea y Martha Isabel Gutiérrez Torres. El fallo puede ser apelado por la defensa ante el Superior Tribunal de Justicia, por inconstitucional.

La decisión fue adoptada por simple mayoría, de los jueces Gloria María Mercedes Portal de Albisetti –presidente de trámite- y Néstor Hugo Paoloni, en tanto el juez Humberto Mario González – habilitado- se pronunció en disidencia.

Entre los fundamentos de su voto, la titular de la Cámara consideró que el juez no ha reparado en la obligatoriedad que se impone de realizar medidas procesales de fundamental importancia sobre los bienes secuestrados para continuar con la investigación, y eventualmente, ampliar la misma sobre éstas u otras personas.

Para la magistrada, le asiste razón a la Fiscal recurrente en tanto existen pruebas relevantes en la causa, como es la documentación secuestrada en los allanamientos efectuados en los domicilios de Marta Isabel Gutiérrez como de Pablo Sebastián Tolosa, cuyo análisis se impone y en el carácter de obligatorio, del cual seguramente muchas y variadas podrán ser las medidas procesales a adoptar y que seguramente revestirán fundamental importancia, pero nada de esa investigación y/o sus consecuencias se advierte en la causa al tiempo de emitir el presente voto.

Sobre el particular, la jueza advierte que en el allanamiento de la imputada Gutiérrez se secuestró – entre otros elementos incautados-, documentación correspondiente al Tribunal de Cuentas de la provincia, instrumentos que merecen un detallado y profundo análisis, siendo que de ello nada obra en la causa.

Más adelante, la jueza sostuvo que desde el dictado de la orden de detención de Tolosa y Gutiérrez, ninguna circunstancia ocurrió en la causa para favorecer a los imputados con el goce de su libertad ambulatoria, por el contrario, surgieron nuevos elementos de prueba que comprometen la situación procesal de los mismos, como el pedido del Fiscal de Estado de la provincia, Mariano Miranda, que involucra a los imputados Tolosa y Gutiérrez en la supuesta comisión de los delitos de Defraudaciones Agravadas, Asociación Ilícita Agravada, Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de Funcionario Público y Malversación de Caudales Públicos.

Otro de los elementos considerados fue el acta de ampliación de denuncia efectuada por una profesional arquitecta, que clarifica en detalle el manejo del sistema convenido en relación a los hechos investigados en la causa.

Por su parte, González consideró que para conceder el cese de detención de los imputados el Juez de Control, tuvo en cuenta numerosas pautas objetivas como las calidades personales de los acusados, que no tienen antecedentes penales, y fundamentalmente que las medidas de allanamientos y secuestro en los domicilios que poseen los mismos ya se cumplieron, por lo que el peligro de entorpecimiento de la investigación no se configuraría o por lo menos no se vislumbra tal posibilidad, pues un acto judicial no puede fundarse en conjeturas o posibilidades abstractas, ya que no sería el reflejo de las normas procesales de rigor y en vigencia.

De tal suerte, concluyo el magistrado, la resolución dictada por el Juez de Control en la que se dispuso la libertad de Tolosa y Gutiérrez se encuentra debidamente fundada y responde a las exigencias del artículo 176 Código Procesal Penal.

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