El ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por haber obstruido un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de violación. El juez Álvaro Meynet dio a conocer su veredicto y en los próximos días informará la pena, que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.
La joven R.P., de 19 años, había sido violada y no quería gestar ni parir el producto de esa violación. El juez consideró que el médico llevó adelante “una maniobra dilatoria”, exigió requisitos que el acceso a la interrupción legal del embarazo no requiere y mintió, primero a la paciente y luego a la justicia.
“Tampoco el 2 abril (de 2017) cuando la práctica era posible y su deber era llevarla adelante, con una paciente que ingresa con signos evidentes de haber puesto su voluntad” en el sentido de interrumpir la gestación, el médico “nunca invocó la imposibilidad de hacer la práctica que se le demandaba”, señaló el magistrado durante la lectura del veredicto. Por el contrario, en el debate oral quedó acreditado que Rodríguez Lastra interrumpió el aborto en curso con el que R.P. llegó al Hospital de Cipolletti y, además, administró a la joven medicamentos sin su consentimiento.
El caso ocurrió en la provincia de Río Negro el 2 de abril de 2017, cuando la joven de 19 años llegó al hospital Pedro Moguillansky de Cipoletti, derivada del centro de salud de la localidad Fernández Oro mientras ya cursaba un aborto. Rodríguez Lastra era jefe del servicio de Ginecología del hospital.
El médico contó en distintos reportajes que luego de evaluar el caso resolvió impedir que el aborto se produzca mediante la aplicación de medicamentos, accionando contrariamente a lo indicado por la ley provincial 4.796, el decreto provincial 182/2016 y la ley nacional 26.485.
Luego de hacerse público el hecho, el ginecólogo y la doctora Yamila Custillo –quien finalmente quedó fuera de la acusación en mayo de 2018–, fueron denunciados por la diputada provincial Marta Milesi, defensora y autora de la ley 4796 que regula y controla la atención sanitaria en casos de abortos no punibles. La joven fue obligada a seguir con un embarazo no deseado y el bebé fue dado en adopción.
El debate oral había comenzado el 13 de mayo. Durante las audiencias declararon la joven R.P., el ginecólogo ahora hallado culpable, médicas que escucharon a la joven reclamar la ILE en el Hospital y la diputada Milesi, entre otros.