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La justicia electoral rechaza la impugnación presentada contra la candidatura de Gerardo Morales

El Tribunal Electoral Permanente de Jujuy rechazó la presentación formulada por Gustavo Federico Singh que impugnaba la candidatura al cargo de gobernador de la provincia de Gerardo Morales, presentada por la alianza “Frente Cambia Jujuy”. La resolución fue notificada en el día de la fecha.

El letrado aduce que la candidatura del mandatario local configuraba una violación a lo prescripto en el art. 127º de la Carta Magna Provincial, plantea la recusación completa del Tribunal Electoral de la Provincia y solicita la inconstitucionalidad del art. 90º inc.2) de la Constitución Provincial, por considerar que el mismo se contradice con el debido proceso legal, violentando los derechos y garantías tuteladas por la Constitución Nacional.

Por su parte, los apoderados de la coalición oficialista, Guido Luna y Leandro Giubergia, niegan las afirmaciones del quejoso, rechazan la procedencia del mismo, ya que la impugnación aquí tentada, debió plantearse antes de la oficialización de las listas y por la tanto estaría interpuesto fuera de término, y solicitan el rechazo del remedio procesal interpuesto por ser extemporánea e improcedente.

En segundo lugar, rebaten los argumentos vertidos por el impugnante, detallan las razones de hecho y derecho que entienden corresponder; hacen mención de los distintos y numerosos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy y se remiten al libro de sesiones de la Honorable Convención Constituyente de la Provincia de Jujuy del año 1986, donde los Sres. Convencionales, dejan en forma clara entre otras cosas, que el Gobernador y el Vice-Gobernador pueden ser reelectos por un período más.

Ante la situación planteada y tras analizar las partes, el Tribunal Electoral de la Provincia resolvió rechazar la recusación al Tribunal, por improcedente y rechazar in límine el pedido de inconstitucionalidad del Art. 90º inc. 2.- de la Constitución de la Provincia, por improcedente.

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