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La justicia rechazó amparo que solicitaba que no se desdoblará las elecciones en la provincia

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El Superior Tribunal de Justicia de la provincia se declaró incompetente para tratar el recurso de amparo que presentó la diputada Alejandra Cejas, durante esta semana, donde solicitaba la anulación del adelantamiento de las elecciones en Jujuy, que está prevista para el 9-J.

El recurso de amparo se basaba en tres puntos fundamentales: la falta del padrón electoral, la falta de recursos económicos (se estima que la elección desdoblada le costaría a la provincia entre 140 y 250 millones de pesos) y cuestionaba el hecho de que una estrategia personal suplantaba y estaba por el bien público.

El juez del Superior Tribunal de Justicia, y presidente de trámite, Federico Francisco Otaola, declaró la incompetencia del Alto Tribunal para resolver la acción de amparo presentada en contra del Estado Provincial, en la que se solicitaba se declare la nulidad del Decreto Provincial Nº 8840/19 “Convocatoria a Elecciones Provinciales y Municipales para el 9 de junio de 2019”.

La decisión del magistrado, se fundó en la Constitución de la Provincia, artículo 89, y en la Ley Nº 4164 y sus modificaciones.

Así también, resolvió no hacer lugar a una medida cautelar de no innovar, para suspender el proceso eleccionario hasta tanto se resuelva la cuestión principal. Por último, dispuso que las actuaciones pasen al Tribunal Electoral de la Provincia a sus efectos.

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