La legislatura aprobó la transformación de las sociedades del estado

La Cámara de Diputados de Jujuy aprobó por mayoría la Ley Nº 6.468, que establece un marco legal general para habilitar, bajo condiciones específicas, la transformación jurídica de las Sociedades del Estado de la provincia.

La iniciativa se enmarca en el nuevo escenario jurídico derivado del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/23, firmado por el Poder Ejecutivo Nacional, que derogó la Ley Nº 20.705, la cual regulaba la constitución y el funcionamiento de dichas sociedades.

Frente a este contexto, se vuelve necesario dotar a las empresas públicas provinciales de herramientas legales modernas, flexibles y acordes al ordenamiento vigente, garantizando su continuidad operativa, seguridad jurídica, solvencia institucional y capacidad de desarrollo.

Mediante un procedimiento facultativo, la norma permite que las sociedades estatales puedan transformarse en Sociedades Anónimas, con la excepción de la Empresa Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE), que deberá conservar en todo momento la titularidad estatal de su capital social.

En todos los casos, se mantendrá la mayoría accionaria en manos del Estado provincial, permitiéndose la incorporación de capital privado hasta un máximo del 49%. Este límite asegura el control estratégico estatal y habilita nuevas fuentes de financiamiento e inversión para mejorar la gestión, expandir actividades y generar empleo.

Asimismo, se establecen estrictos mecanismos de control sobre el ingreso de capital privado, asegurando su compatibilidad con los fines estratégicos provinciales, la solvencia técnica y financiera de los inversores, y la transparencia en los procesos de participación.

También se contempla la posibilidad de una privatización total únicamente cuando existan circunstancias económicas, financieras o estratégicas debidamente acreditadas que justifiquen la desinversión.

Esta podrá realizarse conforme a los siguientes requisitos: dictamen previo y favorable de la Fiscalía de Estado; dictamen técnico-económico de un órgano independiente u organismo especializado; y comunicación a la Legislatura dentro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión del decreto, acompañada de un informe completo sobre los aspectos económicos, patrimoniales, financieros y operativos, incluyendo las sugerencias y observaciones pertinentes.

Además, se establece que la Legislatura podrá, dentro de un plazo de treinta días, expresar su rechazo mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.

Al respecto, el diputado Adriano Morone explicó: “Lo tratamos en tres comisiones: Asuntos Institucionales, Finanzas y Legislación General. No estamos aprobando una ley que tenga que ver con privatizar tal o cual Sociedad del Estado, sino con dar, necesariamente, un marco formal para adecuarlas a la nueva normativa nacional”. Del mismo modo, aclaró: “Lo que estamos haciendo es darles mayor protección a las Sociedades del Estado. Es solamente un marco legal; no se está tratando la venta de una u otra Sociedad del Estado. Por el contrario, se establece más protección, ya que esta Legislatura, con mayoría agravada, deberá eventualmente tomar alguna decisión”.

Por su parte, Pedro Belizán, del Frente de Todos – Partido Justicialista, declaró “está el compromiso de reflotar la Comisión de Seguimiento de la Deuda Pública en la próxima Labor Parlamentaria, para que se incorpore en el caso de alguna privatización del Estado. Va a funcionar con ese propósito de control y veeduría en el manejo de una posible privatización”.

Del mismo modo, la Cámara aprobó la Ley Nº 6.469, remitida por el Poder Ejecutivo, que exime a la razón social Industrias Zapla del 100 % del impuesto de sellos en toda operación relacionada con su actividad industrial.

La normativa se fundamenta en los artículos 91 y 92 de la Constitución Provincial, que prevén el apoyo a la iniciativa privada orientada al mejoramiento económico, promoviendo la inversión de capitales en la producción y el impulso de políticas públicas que fomenten la industrialización, la producción y la comercialización dentro de un marco de sostenibilidad, innovación y desarrollo tecnológico con enfoque regional.

El legislador Guido Luna, miembro informante, señaló “son los nuevos propietarios de lo que era Aceros Zapla. La planta industrial atravesó distintas etapas, algunas de progreso y otras de crisis. Quisiera destacar que Aceros Zapla contaba con un personal de 250 trabajadores, y la nueva empresa los va a cobijar a todos: ninguno va a ser despedido”. Esta exención tendrá vigencia por un plazo de diez años, desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 28 de febrero de 2035.

Asimismo, la Cámara ratificó, a través de la Ley Nº 6.470, el Decreto-Acuerdo Nº 56, remitido por el Poder Ejecutivo, que modifica la vigencia del Plan de Contingencia «Jujuy Asiste y Reactiva».

Creado en 2018 mediante el Decreto Nº 7.140 y ratificado por la Legislatura a través de la Ley Nº 6.094, el plan es una iniciativa del Gobierno de Jujuy destinada a brindar asistencia a personas y sectores vulnerables, así como a promover el desarrollo económico mediante inversión y apoyo a emprendimientos y PyMES.

Dado que persisten los motivos de excepción y retracción económica que motivaron su creación, se establece que la vigencia del Plan continuará con el objetivo de sostener políticas públicas de inclusión, contención social, desarrollo y generación de oportunidades, tanto para los sectores vulnerables como para los activos del entramado productivo.

Del mismo modo, por medio de la Ley Nº 6.472, la Legislatura incorporó el artículo 10 bis a la Ley Provincial Nº 6.243, que creó los Juzgados de Control y Fiscalías de Investigación con competencia en narcomenudeo.

La modificación tiene como objetivo fortalecer el abordaje integral del narcomenudeo, facultando al Poder Judicial a adoptar medidas accesorias y complementarias respecto de inmuebles utilizados como soporte material para el narcotráfico a pequeña escala.

El miembro informante, Adriano Morone, explicó “es un proyecto sumamente importante. Si bien cuando uno mira el Orden del Día se hace referencia a la incorporación de un nuevo artículo, este proyecto tiene por objeto la recuperación de los inmuebles utilizados como boca de expendio de drogas. Nuestra provincia viene realizando un gran trabajo, fruto de una decisión política (…) de abordar un problema que se puso sobre la mesa y se decidió enfrentar con mucho coraje”.

Aunque el decomiso y destino de bienes ya formaban parte de la sentencia penal, no se contemplaba expresamente la posibilidad de aplicar medidas preventivas durante la investigación, lo que generaba un vacío operativo que podía facilitar la continuidad del delito. Frente a ello, se faculta al juez competente, a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación, a ordenar el desalojo inmediato del inmueble en casos de flagrancia o riesgo social inminente, así como su aseguramiento preventivo para evitar su reutilización por organizaciones criminales.

Igualmente, se establece que los inmuebles recuperados deberán destinarse a programas de prevención y asistencia de adicciones, espacios de inclusión comunitaria y proyectos de seguridad ciudadana. Esta reutilización permitirá transformar lugares vinculados al delito en ámbitos destinados a la construcción de ciudadanía, reparación simbólica y fortalecimiento del tejido comunitario.

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