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La Legislatura modificó la ley de nocturnidad e incluyó al Carnaval

En la última sesión extraordinaria del período, los diputados provinciales aprobaron la modificación de la Ley del Régimen Regulatorio de las Actividades Nocturnos, Espectáculos y Otros Esparcimientos, incorporando la norma referida a las fiestas de carnaval. 

En el anexo incluido a la Ley 5955 se involucra a «todos aquellos eventos, actividades y/o fiestas que se realicen con o sin fines de lucro y que estén relacionadas con los jueves de compadres, de comadres, carnaval chico, grande y corsos».

Se establece, entre otras cosas, que podrán ser organizados «por cualquier persona humana o jurídica» que tengan relación directa con las fiestas o celebraciones, y que los organizadores de eventos con fines de lucro deberán realizar un depósito de garantía equivalente a 10 unidades de multa. Además, los eventos realizados con la presencia de no más de 150 personas, serán considerados «fiestas familiares», por lo que no deberán realizar depósito de garantía.

El anexo también regula la asistencia y permanencia de niños, niñas y adolescentes en estos eventos. Entre los 13 y 18 años de edad, solo podrán asistir y permanecer en compañía de padres o tutores, siempre y cuando se trate de eventos autorizados para menores. Los adolescentes de entre 16 y 18 años permanecerán en horario nocturno cuando concurran y permanezcan acompañados de padres o tutores y se trate de eventos debidamente habilitado para sus presencias.

Otras modificaciones

En cuanto a la modificatoria de la Ley Impositiva vigente, la 5901, comprende los aspectos de impuestos inmobiliarios, ingresos brutos y sellos. Al respecto del primero, impuestos inmobiliarios, se propone actualizar las valuaciones fiscales para todos los inmuebles urbanos y rurales respecto del periodo anterior, el ajuste se compatibiliza con los incrementos de la pauta salarial del año 2016.

Se pretende emprender tareas en forma conjunta y coordinada con el Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda para realizar un nuevo revalúo fiscal en el periodo 2017. Para Impuesto de Sellos, la modificatoria propone la eliminación de la alícuota especial agravada por la compra venta, inscripción, radiciacion o transferencia de dominio de automotores, motovehículos, camiones o maquinarias, nuevos (0km), adquirido fuera de la provincia; además, establece la incorporación de Valores Inmobiliarios de Referencia para las operaciones de transferencia de inmuebles.

Por su parte y en relación al Impuesto a los Ingresos Brutos, se mantienen las alícuotas generales, se replantean algunas alícuotas agravadas y reducidas, y se actualizan las sumas y mínimos anuales expresados en pesos que no se corrigieron durante los últimos ejercicios.

Justicia y tarifa especial

Los diputados aprobaron la creación de los Centros Judiciales de Libertador General San Martín, Perico, Humahuaca y La Quiaca, sancionada como Ley 6004.

Sobre el tema, el diputado Ramiro Tizón, destacó que el proyecto «trata la descentralización judicial, tiende a acercar la justicia a los ciudadanos y a ofrecerles una tutela efectiva a todos los habitantes de la provincia».

«Sabemos que alguien que vive en estas zonas tiene que dirigirse a San Salvador para poder hacer valer sus derechos, lo cual muchas veces queda en nada. Así se plantea un problema de índole constitucional, puesto que todos los habitantes tienen derechos, y el estado debe brindar esa posibilidad», argumentó.

Con ese cambio, entonces, se crean juzgados multifueros, lo que quiere decir que no van atender una sola materia, como se acostumbra en los centros judiciales, sino que se va a atender asuntos de materia civil-comercial y de familia. Más adelante, anticipó el legislador, van a funcionar los juzgados de violencia de género, que ya se están concursando.

Posteriormente, la Cámara sancionó la Ley 6005 de Tarifa especial para Usuarios Denominados Electrodependientes por Cuestiones de Salud.

El diputado Alberto Matuk señaló que “es un acto de justicia social. Se busca fundamentalmente obtener una tarifa social para aquellos usuarios denominados electrodependientes por cuestiones de salud, que requieren un uso especial de la electricidad por alguna enfermedad. En este tiempo es importante crear una excepción para estas personas que necesitan la electricidad de forma permanente para vivir. No es grande este espectro de jujeños, no resultará un costo muy grande para las empresas, pero es sumamente importante”. 

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