Este martes, desde las 15.00 horas, el plenario de Asuntos Constitucionales y Legislación General inicia el debate para emitir dictamen del proyecto de ley de Derogación de Legislación Obsoleta, más conocida como «Hojarasca». El plan de La Libertad Avanza es terminar la semana con la media sanción aprobada.
La convocatoria contará con la presencia del secretario de Transformación del Estado y Función Pública, Matías Fariña; y el secretario de Desregulación, Alejandro Cacace. Una vez que concluya la exposición de ambos funcionarios, las autoridades del plenario, Santiago Santurio y Nicolás Mayoraz, pasarán el despacho a la firma.
Algunos diputados pedían sesión para mañana, pero finalmente se decidió que no haya que había sido solicitada por el bloque oficialista.
De esta manera, La Libertad Avanza planifica un tratamiento expeditivo en la Cámara de Diputados al proyecto redactado por Federico Sturzenegger, ministro de Transformación y Desregulación del Estado. Cabe recordar que el texto se presentó dos veces: la primera fue el 11 de octubre del 2024 con giro, también, a Presupuesto y Hacienda. Sin embargo, nunca comenzó a debatirse.
Las leyes que se proponen derogar, divididas en seis grupos
Dentro de la clasificación que estableció el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, el primer conjunto de leyes a derogar son aquellas que han sido “superadas por normas posteriores”.
Ley N°94 (1864). Inhabilita por 10 años a cualquier autoridad que haga azotar a una persona. La pena de azotes fue prohibida por la Constitución Nacional en su artículo 18, con lo cual se considera “absurdo mantener” esta ley que “ha perdido vigencia”.
Ley N°3863 (1899). Otorga a las compañías de seguro sobre riesgos agrícolas beneficios impositivos por 10 años y está en línea con artículos del antiguo Código Civil y Comercial. “Actualmente carece de sustento normativo”, afirmaron desde el PEN.
Ley N°16.789 (1965). Es la que establece que los poderes, reparticiones, organismos y entidades del Estado Nacional deberán adquirir automóviles destinados a su servicio que sean de industria nacional.
Ley N°17.557 (1967). Rige la provisión, instalación y utilización de equipos destinados a la generación de rayos X, que fue superada por la Ley 26.906.
Ley N°20.400 (1973). Establece que no se podrá realizar ninguna operación con el objeto de conseguir para sí o de proporcionar a un tercero mano de obra de personas que no ofrezcan voluntaria y espontáneamente sus servicios. Fue superada por la Ley 26.364, sobre trata de personas.
Ley N°20.843 (1974). Es la Ley de “Padrinazgo Presidencial”. El proyecto prevé, en su artículo 2, que las personas que ya sean beneficiarias podrán optar por seguir manteniendo sus beneficios.
Ley N°21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones y celebrar contratos destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos. “Esta ley devino obsoleta por las normas dictadas ulteriormente, en particular las modificatorias de la Ley N°17.319 de Hidrocarburos”, señaló el PEN.
Ley N°22.109 (1979). Sobre aislamiento de enfermos o sospechosos de viruela y sus contactos, así como la vacunación y revacunación. Esta norma ha sido superada por la Ley N°27.491.
Ley N°23.678 (1989). Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras. Esta norma dejó de aplicarse, ya que fue perfeccionada por legislación posterior.
Ley N°24.675 (1996). Refiere a la actuación de los auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por la Corte Suprema, mediante la Acordada N°60/96.
Dentro del segundo paquete de leyes diseñado por el Poder Ejecutivo se encuentran aquellas que se volvieron “obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, economía o paso del tiempo”.
Ley N°448 (1870). Otorga un premio en metálico a quien descubra una mina de carbón. “El carbón mineral es una de las fuentes de energía más contaminantes que existen; por lo tanto, su uso debe ser desalentado, no premiado”, afirma el Gobierno.
Ley N°3235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento de fines del siglo XIX. Los montos están desactualizados y en moneda desactualizada.
Ley N°16.879 (1965). Concede una exención de impuestos a las ventas, de recargos de importación y reintegros impositivos a la industria nacional adjudicataria de licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. “Es un esquema tributario que no ha tenido aplicabilidad práctica”, consideró el PEN.
Ley N°18.569 (1970). Implanta el uso del procedimiento de microfilmación para todo tipo de documentación en el Comando en jefe del Ejército. “Hoy día, se ha convertido en algo totalmente arcaico que ha sido reemplazado por medios digitales más eficientes”, apuntaron desde la cartera de Sturzenneger.
Ley N°19.648 (1972). Declara de interés nacional, entre otros, a la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral. “Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es ‘descarbonizar’ la economía”, se indicó en los argumentos.
Ley N°20.114 (1973). Autoriza al Comando en jefe de la Armada a utilizar procedimientos de microfilmación.
Ley N°20.577 (1973). Considera de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de transmisión de imágenes televisivas.
Ley N°21.895 (1978). Autoriza las emisiones de televisión en color. “Ya existe un marco normativo moderno en materia de comunicaciones que la torna innecesaria”.
Ley N°23.756 (1989). Autoriza al Poder Ejecutivo a habilitar a todos sus organismos a utilizar la microfilmación.

