ATE asamblea verde

Los puntos oscuros del decreto de pase a planta permanente de los estatales

La dirigencia sindical estatal recibió con cierta satisfacción el pase a planta permanente que decretó el gobernador Gerardo Morales. Después de la sorpresa y de una primera lectura del decreto, aparecen las dudas y los reparos. Si bien el ministro de Hacienda Carlos Sadir estimó en 5800 los empleados que podrán optar por el pase a planta, todo indica que ese número será mucho menor. Entre otras cuestiones, la clave está en que la efectivización no sería beneficiosa para todos los contratados, pues muchos perderán la antigüedad y la categoría que alcanzaron tras muchos años de trabajo, y sobre todo verán reducido su ingreso.

Susana Ustárez, titular de la Asociación de Personal de Organismos de Control (Apoc), calificó de «llamativa» la manera en que se dispone la medida. Explicó que el antecedente de este dispositivo es la ley 5749, sancionada en 2013, que establecía el pase a planta permanente, mientras que ahora se trata de un decreto, el 9316-G/2019, que debe ser ratificado por la Legislatura provincial. «O sea que no sabemos si es un instrumento definitivo o hay que esperar el dictado de una ley», señaló.

En su opinión, debería sancionarse una nueva ley «porque se trata de crear cargas presupuestarias, y eso solo lo puede hacer la Legislatura».

Por otro lado, recordó que la ley de 2013 no se cumplió en su totalidad, a pesar de los años transcurridos, «con miles de expedientes paralizados, demorados o directamente cajoneados de gente que ya tendría que estar en planta». Ante la medida adoptada ahora por la administración Morales, entonces, «se suma más gente a estos trámites tan burocráticos y tan llenos de imprecisiones».

Las imprecisiones del decreto son, justamente, parte del problema. Por esta razón es que Ustárez cree que hace falta una reglamentación que ponga orden.

Estos son aspectos que hacen pensar que la medida no tendrá resultados concretos en un plazo breve. Pero no son los únicos puntos grises, pues está también la cuestión no menor del alcance. «Excluye a mucha gente que también tiene derechos», señaló Ustárez.

Docentes, personal de seguridad y municipales son algunos de los excluidos. También al propio personal del Tribunal de Cuentas, por ejemplo, porque no está encuadrado en lo que se denomina Administración Central. También se excluye a los reemplazantes y a los que tienen otros regímenes de contratación, como por ejemplo los contratos de obra, a los que la ley de 2013 sí contemplaba.

El decreto de Morales incluye los contratos de locación de servicio, pero aquí también hay reparos: «Muchos compañeros que estaban como locación de servicio fueron reducidos a contrato de obra, retrocediendo así en sus derechos, y hoy se ven perjudicados», precisó Ustárez.

La discusión central es que el trabajador no elige el modo en que se relaciona con el empleador, en este caso el Estado, sino que la forma de contratación le es impuesta.

En conclusión, «cuando uno ve lo fino del decreto, advierte que no son muchos los casos que se van a beneficiar», advirtió la sindicalista, y señaló que el Gobierno va a ahorrar recursos «porque se retrograda a muchos», en referencia a aquellos que tienen una antigüedad que les permitió alcanzar categorías superiores a la de ingreso, y ahora pasarían a planta con la mínima categoría y sin antigüedad. «Esos trabajadores se han ganado la categoría a lo largo de años de servicio. no nos parece justo», indicó.

Respecto de la exclusión de los profesionales, Ustárez precisó: «Tendría sentido si hubiera un sistema fluido de concursos para el pase a planta de profesionales, pero desde que asumió este gobierno no hubo concursos ni ingresos». De hecho, la Asociación de Profesionales Universitarios de la Administración Pública (Apuap) se declaró en estado de alerta frente a esta situación.

El decreto dispone que el pase a planta será para el «personal que opte expresamente por acogerse» a la medida. Es decir, será voluntario. Así es como miles de trabajadores contratados tendrán que sentarse a hacer cuentas. De acuerdo a los años de antigüedad, la categoría en la que están y el sueldo que perciben actualmente, evaluarán si les conviene o no. Porque puede pasar que algunos estén cerca de la jubilación, y les convenga quedarse donde están para llegar al retiro con un sueldo más alto que el que tendrían si pasaran a planta.

De todos modos, la mera voluntad del trabajador no alcanza. El decreto establece que los aspirantes a pasar a planta no podrán haber tenido ningún sumario y deberán además presentar un certificado de «idoneidad, conocimiento y eficacia en la función que viene desempeñando» expedido «por el responsable máximo del área en que se prestan servicios».

Para Ustárez, esto es motivo de rechazo. «No hay una medición objetiva del desempeño», señaló, y agregó: «Se pide un certificado de buena opinión al jefe en un contexto de persecución y aprietes como el que hemos denunciado. Eso es someter a la voluntad arbitraria de un jefe darle o no luz verde al pase a planta de un trabajador».

En suma, son muchos los puntos grises que la dirigencia sindical estatal pretende aclarar antes de tomar una posición definitiva frente a la medida. «Como esto no ha sido tema de negociación, nunca se ha formado una mesa de trabajo. Eso es lo que vamos a requerir de manera inmediata, para discutir las anomalías de la norma, aclarar situaciones y llevar nóminas o listados», afirmó la sindicalista.

Y agregó: «Si algo nos compete a los gremios, aparte de conocer la situación, es vigilar y ser garantes de que quienes califiquen accedan y los que no califiquen no accedan, porque tenemos experiencia de que cuando salen estas cosas se encuadra a mucha gente que no corresponde porque se quiere beneficiarla a pesar de que tiene menos antigüedad o porque tuvo actuación política».

En este contexto es que los sindicatos van a pedir «una mesa de vigilancia», como definió Ustárez, y van a llevar sus observaciones también a la Legislatura.

Carlos Mercado, referente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), precisó que en su sindicato estiman que hay unos 3000 trabajadores contratados, aunque prefirió no adelantar conclusiones sobre el sector hasta no evaluar en detalle el decreto. «Lo vamos a ver con el abogado y después haremos una asamblea con los compañeros contratados para despejar todas las dudas», comentó.

Mercado recordó que «es una lucha que viene desde hace años» y se manifestó satisfecho porque «miles de trabajadores tendrán una seguridad», pero coincidió con otros sindicalistas en que la medida debería alcanzar a todos los empleados estatales que están contratados de manera irregular, incluidos por ejemplo los jornalizados, que quedaron afuera. «Vamos a seguir peleando», adelantó.

El sindicalista consideró que con el corte de 5 años de antigüedad dispuesto en el decreto «muchos trabajadores no van a pasar a planta por tres o cinco días de diferencia». En este sentido, remarcó que debería cumplirse el acta acuerdo que se firmó con el gobierno anterior «para que en dos años pasen todos, sean eventuales, capacitadores o la figura que sean».

El decreto

DECRETO ACUERDO Nº 9316-G/2019.-

EXPTE Nº 400-4100-19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 MAYO 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la incorporación a planta permanente de la administración pública provincial, en las categorías inferiores de cada agrupamiento y de la carrera que fijen estatutos y escalafones, al personal que opte expresamente por acogerse a la presente, siempre que acredite que se desempeñó como contratado bajo régimen de locación de servicios, con antigüedad de cinco (5) años o más, al día 31 de diciembre de 2018.‑

ARTICULO 2°.- Para el cómputo de la antigüedad requerida en el artículo 1°, solo se tomarán en cuenta los servicios prestados en el ámbito de la administración pública centralizada, descentralizada, entes autárquicos, Tribunal de Cuentas y Legislatura, siempre que el agente se encontrare cumpliendo funciones efectivas, continuas e ininterrumpidas bajo dependencia orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial.‑

ARTICULO 3°.- Quedan exceptuados:

  • Personal de la Policía de la Provincia y Servicio Penitenciario;
  • Personal del escalafón docente;
  • Personal que reviste como profesional de la salud;
  • Personal comprendido en regímenes de Convenios Colectivos de Trabajo;
  • Personal de Gabinete;
  • Personal contratado con financiamiento nacional o internacional, convenios de colaboración, becas y/o pasantías;
  • Personal que accede mediante concurso o cualquier otro proceso de selección.

ARTICULO 4°.- Par el ingreso a planta permanente del personal contratado, deberán cumplir, además de los requisitos establecidos en el escalafón de revista, los siguientes:

  • Desempeñar funciones en forma actual y efectiva en virtud de contrato de servicio, suscripto por autoridad competente, debidamente autorizado por Decreto.
  • Prestar servicios de manera efectiva, continua y sucesiva, durante los últimos cinco (5) años, o más, aun cuando las contrataciones correspondan a distintas reparticiones o funciones de la administración,
  • Demostrar idoneidad, conocimiento y eficacia en la función que viene desempeñando, que deberá ser certificada por el responsable máximo del área en que se prestan servicios.‑
  • No estar gozando del beneficio de jubilación.
  • No estar bajo sumario, ni reportar sanciones administrativas graves.
  • No estar condenado por delito doloso o tener pendiente proceso criminal por delito doloso.-
  • No haber sido suspendido por períodos de diez (10) o más días durante el tiempo de contratación o cuando la sumatoria de suspensiones durante el tiempo de contratación supere dicho plazo.
  • No estar imputado, procesado o condenado por el delito de usurpación.
  • Cumplir con la totalidad de requisitos administrativos que se especifiquen en el presente y su reglamentación, como los de las leyes N° 3.161 y N° 4.413.
  • ARTICULO 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas o el organismo que designe, será autoridad de aplicación, quedando facultado para dictar las normas reglamentarias, resoluciones, instructivos, disposiciones operativas, aprobar formularios, determinar la documentación que deberá presentar y acreditar cada agente, sus formalidades, diseñar el circuito del trámite administrativo, y demás condiciones y requisitos para el cumplimiento del presente.‑

ARTICULO 6°.- Cada Jurisdicción, deberá remitir a la autoridad de aplicación, con las formalidades, condiciones y requisitos que establezca, nómina de personal contratado en servicios que registre una antigüedad de cinco (5) años o más, hasta el día 31 de diciembre de 2.018.‑

ARTICULO 7°.- Los agentes contratados, deberán presentar en la repartición de origen, con las condiciones y modalidad que defina la autoridad de aplicación, la opción de adhesión, que rescindirá el contrato que lo vinculaba.‑

ARTÍCULO 8°.- No se realizarán nuevas contrataciones, en reemplazo de personal que tramita el pase a planta permanente.-

ARTICULO 9°.- El personal incorporado a planta permanente, prestará servicios en el organismo que determine el Poder Ejecutivo Provincial.-

ARTICULO 10°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las transferencias de partidas presupuestarias que resulten necesarias para la implementación del presente Decreto-Acuerdo.-

ARTICULO 11°.- Dese a la Legislatura de la Provincia para ratificación.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES – GOBERNADOR

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