El Tribunal en lo Criminal Nº 2, integrado por Luis Ernesto Kamada, como presidente de trámite, y las juezas Cecilia Sadir y Pamela de las Cruces, absolvió a Angélica Rocío Cala del delito de “Homicidio agravado por el vínculo con exceso en la legítima defensa”, luego de soportar durante un tiempo violencia de genero.
La Fiscalía acusó a Angélica Cala por los hechos sucedido el pasado 17 de julio de 2020, cuando se encontraba junto a su pareja Franco Daniel García en la habitación en la que ambos convivían en un inquilinato ubicado en el Loteo Bárcena del barrio San Pedrito, de San Salvador de Jujuy.
Tras una discusión con García, la acusada tomó un cuchillo y le dio una puñalada en el pecho al hombre, provocándole la muerte inmediata.
El fiscal Diego Cussel, había pedido una condena de 2 años y 6 meses de prisión condicional para Angélica Rocío Cala.
En tanto, la defensora oficial de la acusada, María Florencia Quintar, solicitó la absolución de la mujer, tras describir la situación de violencia de género que durante mucho tiempo padecía la mujer.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual, las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.