Milei tiene superpoderes otorgados por los diputados libertarios y amigables por un año

La Cámara de Diputados aprobó esta tarde el artículo 1° y 3° de la ley ómnibus que incluye los superpoderes para el presidente Javier Milei por un año, con posibilidad de extenderse por un año más.

Cabe recordar que el gobierno mandó en diciembre un proyecto con nueve emergencias que incluía la económica, financiera, fiscal, de seguridad, previsional, tarifaria, energética, administrativa y de salud. Sin embargo, durante las semanas de debate las negociaciones llevaron a realizar un recorte sobre las mismas.

Así, la oposición amigable aceptó brindarle al presidente facultades delegadas en materia de económica, financiera, de seguridad, tarifaria, energética y administrativa.

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Artículo por artículo

El primer artículo aprobado establece que la iniciativa «tiene por objeto declarar la emergencia en materia económica, financiera, de seguridad, tarifaria, energética y administrativa; y promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y límite toda intervención estatal que no sea la necesaria para asegurar el ejercicio efectivo de sus derechos constitucionales».

En tanto, el artículo 3 fija que la emergencia se extenderá hasta el 31 de diciembre y establece que dicho plazo podrá ser prorrogado por el Congreso de la Nación por el plazo máximo de un año.

En tanto, el plenario legislativo aprobó por 132 a 122 las delegaciones de las facultades y los incisos A al G que se refieren a promover un sistema económico «basado en decisiones libres», establecer a una amplia desregulación del comercio, servicios e industria, y promover medidas para eliminar las restricciones a la competencia y la creación de empleo.

También permite reorganizar el Sector Público Nacional para lograr la mayor economía, eficiencia, eficacia y racionalización de sus estructuras administrativas y reducir su actual sobredimensionamiento.

Esas facultades le permiten ordenar y regular el Sistema de Contrataciones Públicas en un único cuerpo normativo con el objeto de lograr una contratación pública «profesionalizada, estratégica, sustentable, íntegra, transparente, sujeta al control cívico, electrónica, eficiente y eficaz, que garantice, mediante la regla de la licitación o concurso público, la mayor concurrencia y sana competencia entre oferentes, previendo para cuando correspondiere el criterio de adjudicación de valor por dinero».

En tanto, el pleno de la Cámara rechazó por 142 votos a 112 el inciso H que proponía modificar, unificar o eliminar fideicomisos o fondos fiduciarios públicos creados por normas con rango legal, inclusive los destinados a subsidios, revisar su procedencia y destino para lograr una mayor racionalidad, eficiencia, eficacia, transparencia y control del uso de recursos públicos.

Si bien el diputado de Hacemos Coalición Federal Nicolás Massot propuso eliminar de ese inciso los fondos fiduciarios de desarrollo provincial y otro referido a la construcción de vivienda, y esa petición fue aceptada por la comisión, el radicalismo ya tenía decidido votar en contra y por eso su presidente, Rodrigo de Loredo, pidió votar los incisos por separado.

En tanto, los incisos I y J también fueron rechazados al cosechar 123 positivos contra 130 negativos y estaban referidos a la facultad sobre la política de hidrocarburos y tarifas energéticas y sobre seguridad.

En ese sentido, el inciso J permitía fortalecer la actuación de las Fuerzas Federales de Seguridad en la investigación, prevención y lucha de los delitos complejos y el crimen organizado; la producción y tráfico de estupefacientes; la corrupción de niños, niñas y adolescentes; terrorismo; las privaciones ilegítimas de la libertad agravadas; los delitos aduaneros; los secuestros extorsivos y trata de personas.

Sobre los principios de la ley de Bases el articulo 2 fija que la meta de la ley es «la promoción del derecho fundamental a la libertad individual. Los habitantes de la Nación tienen derecho a ejercer sus libertades constitucionales sin injerencias indebidas por parte del Estado».

También destaca «la protección de los habitantes y de su propiedad privada. El Estado debe garantizar la seguridad y propiedad de las personas y fomentar un entorno propicio para la inversión y el emprendimiento. Debe asegurar el efectivo ejercicio del derecho a transitar libremente en la vía pública evitando situaciones que pongan en riesgo la vida, la propiedad y la seguridad de los habitantes de la Nación».

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