Neuquén: La Justicia falló a favor de una comunidad mapuche y en contra de Ginóbili

La Cámara de Apelaciones de Neuquén anuló la sentencia que ordenaba a la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao restituirle a Emanuel “Manu” Ginóbili la posesión de un terreno ubicado en el cerro Belvedere, en Villa La Angostura.

El conflicto judicial que ya lleva casi veinte años entre el exbasquetbolista de fama global Emanuel Ginóbili y la Comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao de Villa Langostura, en Neuquén, se inició durante la última dictadura cívico militar, cuando el entonces intendente José Salamida adquirió un territorio de ocupación ancestral luego de obligar a un mapuche anciano y analfabeto –Don Alfredo Paichil– a firmar la cesión con la huella de su dedo pulgar.

Ya entrado los 2000, “Manu” Ginobili les compró a los herederos de Salamida esas 12 hectáreas de la Comunidad Paichil Antriao al conveniente valor de 145 mil dólares, y emprendió un ataque judicial contra las familias originarias.

Ahora, la Cámara de Apelaciones 2 de Neuquén le jugó en contra: anuló la sentencia de primera instancia que había ordenado devolver el lote en disputa a Ginóbili y dispuso que el expediente vuelva al juzgado de origen para que otro magistrado dicte un nuevo fallo.

“Si la Cámara dictaminó la nulidad del fallo fue porque hubo vicios procesales muy graves en primera instancia como, por ejemplo, una deficiente valoración de la prueba, que se analizó con una parcialidad y un sesgo evidente”, explica Luis Virgilio Sánchez, el letrado de la Gremial de Abogados y Abogadas que representa a la comunidad.

“Aun así, estamos analizando recurrir al Tribunal Superior de Justicia porque a pesar de haber sido favorecidos no aceptamos un nuevo fallo. Consideramos que deben rechazarse las dos demandas interpuestas por Ginóbili”, aclara Sánchez.

El abogado se refiere a que la exestrella de la NBA había solicitado, por un lado, que la Justicia reconociera la validez de su título de propiedad a través de una acción declarativa de certeza, y, por otro, la restitución del predio ocupado por la comunidad por medio de un juicio de reivindicación. Incluso, en su afán de posesión del territorio sostuvo que los mapuches son originarios de Chile, lo que invalidaría, según su argumento de dudosa veracidad, la tutela ancestral en suelo argentino.

El juez Austol Bonorino de Villa la Angostura (el mismo que ordenó el desalojo de las comunidades mapuches Lof Quintriqueo y Lof Melo en la zona del Lote 42 conocido como paraje El Pedregoso) dictó una sentencia haciendo lugar a ambas demandas y ordenando el desalojo y restitución del predio a Ginóbili.

La Comunidad Lof Paichil Antriao respondió que el conflicto no podía resolverse solo con los títulos registrales y planteó la existencia de derechos vinculados con la ocupación ancestral del territorio. Como ya se dijo, la Cámara de Apelaciones hizo lugar al planteo y dejó sin efecto la sentencia de primera instancia.

Estrago ambiental

La inversión de Ginóbili, a través del Fideicomiso Terrazas del Correntoso, tenía prevista la construcción de un complejo hotelero y un barrio privado en el faldeo del cerro Belvedere que, además de la ocupación ancestral de los mapuches, tiene la característica de ser declarada como zona roja, es decir, son las tierras de mayor valor de conservación según la Ley Nacional de Bosques Nativos por lo que cualquier cambio de uso del suelo, tala o transformación que destruya el bosque está estrictamente prohibido.

“Ginóbili –concluye el abogado Sánchez– criminalizó a la comunidad al denunciarlos como usurpadores. Nosotros logramos la absolución de todos los imputados en esa oportunidad. Lo que quiere ahora la comunidad es proteger el territorio y evitar un estrago ambiental. Ya han dicho que no tienen miedo de responder ante la justicia, pero no van a permitir que se tale un solo árbol más”.

Fuente: Tiempo 

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