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Ni 2000 ni 400 por ciento: la justicia aclaró que el tarifazo del gas sigue anulado

La Justicia confirmó que por ahora sigue vigente el fallo que anuló el tarifazo en el servicio de gas en todo el país, a pesar del recurso extraordinario presentado por el Estado nacional para apelar el fallo en contra del aumento tarifario. Es decir que no hay que pagar ninguna factura, ni las que vinieron con aumentos de 2000 por ciento ni las que eventualmente puedan llegar con el incremento del 400 por ciento que definió el Gobierno nacional como límite. 

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata dejó en claro que la mera interposición del recurso no tiene efectos suspensivos sobre la sentencia, en contrario de lo que había declarado el ministro de Energía, Juan José Aranguren, quien había avanzado en la instrumentación de los nuevos topes al aumento del gas suponiendo que el fallo quedaba congelado.

Ante esta situación, las asociaciones de consumidores recomiendan no pagar, las distribuidoras no pueden refacturar y se abren interrogantes sobre el carácter legal que reviste la nueva resolución 129, que introdujo los límites del 400 y 500 por ciento al tarifazo, en la medida en que es un parche a las resoluciones anteriores que están cuestionadas por la Justicia.

Los demandantes en la causa que derivó en el freno al tarifazo presentarán una nueva acción judicial para impugnar el nuevo esquema del servicio de gas presentado por el Gobierno. En tanto, el Ministerio de Energía solicitó a la Cámara la habilitación de la actividad en la feria judicial para adelantar la definición sobre el tema y que no quede para mediados de agosto.

Luego de varios recursos aceptados por jueces en varias provincias y localidades del país, se produjo un fallo de alcance nacional, cuando la Cámara Federal de La Plata anuló a el incremento en la tarifa del gas.

En respuesta a ese fallo y a la presión popular, el Gobierno anunció días atrás nuevos topes al incremento. Definió que el valor de la factura del mismo período del año pasado podría multiplicarse a lo sumo por cinco o seis en función de si el usuario es residencial o un comercio, hotel o pyme. La resolución 129 conservó el aumento de la inicial resolución 31 pero introdujo nuevos topes.

Sobre la anulación del tarifazo original decidida por la Cámara Federal, el ministro Aranguren aseguraba que el Gobierno presentaría un recurso extraordinario ante la Cámara, que funciona como una apelación al fallo inicial, y que eso tendría un efecto suspensivo inmediato sobre los efectos del fallo, de modo que volvería a poner operativo el incremento tarifario, ahora con los nuevos topes.

Efectivamente, el Gobierno presentó ante la Cámara Federal de La Plata el recurso extraordinario, pero el resultado no fue el previsto por el equipo de asesores legales de Aranguren: “La mera interposición del recurso extraordinario por el Estado Nacional no afecta la fuerza de la sentencia definitiva de esta Cámara ni suspende su ejecutoriedad”, aseguraron los jueces.

Desde el Ministerio de Energía confirmaron que “tanto el aumento tarifario como los nuevos topes siguen por ahora suspendidos”. En consecuencia, Aranguren frenó la reglamentación que iba a sacar el Enargas para aplicar los nuevos topes. Avanzar hubiera significado desacatar el fallo judicial.

La vigencia de la suspensión del aumento tarifario radica en que la contraparte (los demandantes, encabezados por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad) tienen diez días para analizar el recurso presentado el martes pasado por el Gobierno. Una vez transcurrido ese lapso, la Cámara define si otorga el recurso con efecto suspensivo (que anula los efectos del fallo) o no. Esos diez días implican que la respuesta final quedaría para después de la feria judicial, es decir, para mediados de agosto.

Para evitar esa demora, el Gobierno pidió a la Cámara que habilite la feria judicial teniendo en cuenta que se trata de un asunto de “gravedad institucional”. Los magistrados Leopoldo Schiffrin, César Álvarez y Olga Ángela Calitri darían una respuesta el lunes sobre esa solicitud.

Por ahora, quedó frenada toda la maquinaria administrativa que Aranguren había activado para refacturar el servicio en todo el país. La semana próxima o la otra la Cámara definirá si le concede la apelación al Gobierno. Luego le quedará a la Corte decidir sobre la cuestión de fondo. Mientras tanto, el Cepis presentará una nueva acción judicial en contra de los nuevos topes tarifarios. Argumentará que se basa en las resoluciones impugnadas por la Justicia y que tampoco respeta el llamado a la audiencia pública previa.

con Página/12

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