El Poder Judicial continua su actividad laboral aplicando el Protocolo de Bioseguridad aprobado por el Comité Operativo de Emergencia (COE), según lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, mediante Acordada N°27/2020.
Las condiciones establecidas por la autoridad sanitaria provincial, de ineludible aplicación para el funcionamiento de la justicia, se cumplen con la colaboración del personal judicial, abogados y justiciables.
Esos requerimientos, implicaron la puesta en marcha de una modalidad de trabajo diferente a la habitual, como también medidas de protección de la población de usuarios y trabajadores del Poder Judicial, obras de infraestructura edilicia y utilización de herramientas de tecnología informática.
La incidencia de estas medidas es evaluada, diariamente, por el Superior Tribunal de Justicia, con la finalidad de corregir y ajustar las acciones tendientes a brindar una atención fluida y con la menor demora posible.
En este último punto, se presentaron algunos inconvenientes debido a la exigencia sanitaria de limitar, a un número reducido de personas, la permanencia en espacios cerrados.
Ante esta circunstancia, con el fin del mejor aprovechamiento del espacio físico disponible para la atención del público, el Superior Tribunal de Justicia decidió trasladar los Juzgados de Menores N° 3 y de Violencia de Género N° 2, desde su sede actual en calle Coronel Puch N° 625 al edificio sito en Independencia esquina Argañaraz.
Además, analiza la factibilidad de trasladar parte de las dependencias del Tribunal de Familia, ubicado en calle General Paz N° 625/31, con la finalidad principal de abreviar la espera para acceder a la mesa de entradas de ese Fuero.
Consultas por Internet
En orden a la necesidad de reducir la circulación de personas en los edificios judiciales, se recuerda a los abogados y procuradores que pueden realizar consultas sobre trámites de las causas, en los correspondientes sitios de internet del Poder Judicial.
Pago electrónico
El sistema de pago de los fondos depositados en cuentas bancarias judiciales, mediante transferencia electrónica a las cuentas de los beneficiarios, comenzó a utilizarse el pasado 27 de abril en reemplazo de las órdenes confeccionadas manualmente.
En la actual emergencia sanitaria, la aplicación implica una solución para letrados y justiciables, ante la prohibición del cobro por ventanilla en las entidades bancarias ordenada por el Banco Central de la República Argentina.
Al respecto, la Resolución Nº 19 de Presidencia del Superior Tribunal de Justicia ratificó la obligatoriedad del uso del sistema de “Orden de Pago Judicial Electrónica”.
Además, dispuso que las órdenes de pago emitidas con anterioridad al 27 de abril de 2020 sean liquidadas mediante depósito en las Terminales de Autoservicio (TAS) del Banco Macro.
El procedimiento para realizar esa operación bancaria se encuentra detallado en la citada Resolución, la que se puede consultar en la página del Poder Judicial www.justiciajujuy.gov.ar