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Nuevo revés judicial al gobierno: Garantizan el derecho a huelga de los trabajadores

La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó este miércoles la sentencia de primera instancia que protege el derecho a huelga de los trabajadores aeronáuticos, tal como establece la Constitución Nacional.

La apelación había sido presentada por la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) luego de que el Gobierno publicara el DNU 340/2025, que declaraba como esenciales un sinfín de actividades y, de esa manera, eliminaba el derecho a huelga.

«Un paso más en la defensa de los derechos que se ven vulnerados cada día no sólo en nuestra actividad, sino en el conjunto de la sociedad. APA valora que al menos una parte de la Justicia siga siendo fiel a nuestra Constitución Nacional, premisa mínima para la convivencia democrática que este gobierno ignora cada día», aseguró el gremio aeronáutico en un comunicado.

¿Qué dice el DNU 240/2025?

Con el DNU 240/2025 el Gobierno intentó modificar los convenios colectivos por Decreto. El objetivo fue eliminar el derecho a huelga, por lo cual declararon servicios esenciales a las siguientes actividades:

El Decreto establecía que no tendrían derecho a prestar menos del 50% del servicio, lo que en los papeles eliminaría el derecho a huelga. Pero el Gobierno fue más allá e hizo otra lista, en la que el piso de prestación era del 75%. Las llamó actividades de importancia trascendental:

El DNU no solo viola los convenios colectivos de trabajo, sino las leyes argentinas e incluso el artículo 14bis de la Constitución Nacional que establece la huelga como un derecho del trabajador. Ya el Gobierno había intentado imponer estas condiciones en el megadecreto de diciembre del 2023, cuyo capítulo laboral fue luego dado de baja por la Justicia.

El Gobierno contra los trabajadores aeronáuticos

Los trabajadores del sector aeronáutico no solo tuvieron que reclamar por este DNU, sino que han sido blanco de diferentes ataques por parte del Gobierno. A finales de mayo de este año, una reforma del Código Aeronáutico, también por Decreto (338/2025), eliminó la obligatoriedad para las empresas de contratar personal argentino en vuelos domésticos.

También se eliminó el requisito de que al menos dos tercios de los directores o administradores de una sociedad que opera en el sector aeronáutico sean de nacionalidad argentina. Sí se mantuvo vigente la obligación de que tengan domicilio legal en el país.

Apenas unos días más tarde, a comienzos de junio, el Gobierno publicó otro DNU (378/2025) para disminuir la cantidad de horas de descanso y los días de vacaciones y aumentar la carga horaria laboral. El objetivo, según los propios considerandos del texto, es «alinearse con los estándares estadounidenses».

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