La demanda contra la expulsión de Vilca por parte de la directiva del SEOM se basa, según señalan los abogados del CeProDH, en el “artículo 43 de la Constitución Nacional, del artículo 47 de la Ley de Asociaciones Sindicales, del artículo 1° de la Ley Antidiscriminatoria y los artículos 2 y 11 de la Ley 4442”.
Reclaman que a Alejandro Vilca se le permita “continuar en calidad de afiliado de la entidad gremial accionada y cumpliendo con sus funciones de Delegado de Personal de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy”.
El amparo judicial recae en la Sala II a cargo de la jueza, Amalia Inés Montes, ubicada en la esquina de Argañaraz e Independencia.