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Prohíben por ley actos públicos que reinvindiquen el terrorismo de Estado

El diputado Pablo Baca (UCR) informó que la Legislatura de Jujuy sancionó la Ley 5.818 que establece a prohibición de que se efectúe cualquier tipo de apología o reivindicación de hechos emblemáticos de represión ilegal o del terrorismo de Estado llevado a cabo por la dictadura cívico militar, en todo acto público que sea realizado o requiera autorización de autoridades del Gobierno Provincial y/o de los gobiernos municipales o comunales.

Baca –quien ejerció la vicepresidencia de la Comisión Especial de Derechos Humanos, integrada también por legisladores de todas las bancadas y miembros de organizaciones de derechos humanos- precisó que la norma aprobada, deja también terminantemente prohibida la participación en actos oficiales de exmiembros de las fuerzas armadas y/o de seguridad que hubieren tomado parte en los sucesos cuya reivindicación se prohíbe.

Esta ley surgió como consecuencia de un debate que se planteó en el recinto de la Legislatura con motivo de la participación de integrantes de una organización de ex combatientes del Operativo Independencia en desfiles públicos en nuestra provincia.

El denominado Operativo Independencia –que tuvo lugar en Tucumán- comenzó durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón y se extendió durante la dictadura cívico militar. En su transcurso se llevaron a cabo violaciones masivas de los derechos humanos y actos de terrorismo de estado.

El carácter que tuvo el Operativo Independencia generó cuestionamientos a la participación en actos y desfiles cívicos de una organización homónima que públicamente lleva a cabo su reivindicación. A pesar de esos cuestionamientos, la agrupación continuó participando en actos en distintas localidades de la provincia.

En la redacción del proyecto intervinieron los representantes de los organismos de derechos humanos que integran la Comisión Especial.

También el legislador señaló que “la norma naturalmente no se refiere a este hecho aislado sino que generaliza y prohíbe cualquier forma de apología de hechos emblemáticos de represión ilegal o terrorismo de Estado y también impone el deber a las autoridades provinciales, municipales y comunales de no autorizarlos”.

Respecto de este deber, indicó que “se trata de algo lógico: ninguna autoridad surgida de la voluntad popular y que asumió el compromiso de cumplir y hacer cumplir las Constituciones nacional y provincial, puede autorizar la realización de actividades que implican una apología de actos directamente reñidos con la democracia y con el respeto a los derechos humanos”. 


 

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