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Proponen que los Centros Vecinales tengan por ley rango constitucional

Se está debatiendo en el seno de la comisión de Asuntos Institucionales de la Legislatura un proyecto de ley de la diputada Alejandra Armella que pretende que los Centros Vecinales de la provincia adquieran rango constitucional. 

La idea es, también, la promoción de la participación ciudadana y la regularización de estas instituciones, además de plantear que las mismas se deberán conformar mediante un acta constitutiva, un estatuto social y un número mínimo del 25 por ciento del padrón de vecinos, estableciéndose un mandato de dos años para sus autoridades.

La propuesta estipula una serie de beneficios en términos de apoyo del Estado provincial, como ser subsidios, exenciones impositivas y reducción en el pago de servicios públicos.

Armella explicó que el proyecto apunta a dar uniformidad, promover la institucionalización e impulsar el desarrollo de los centros vecinales de la provincia. “Al tener estas instituciones un rango constitucional, el espíritu se enfoca a que los vecinos puedan organizarse en forma representativa, participativa, democrática y plural”.

Más adelante, la legisladora precisó que, de aprobarse esta ley, quedarán comprendidos por la misma los centros vecinales de la provincia constituidos o a constituirse, y que cumplan con los requisitos establecidos en el cuerpo normativo, esto es el cumplimiento de lo indicado por los artículos 141 al 224 del Código Civil y Comercial, contar con el certificado de factibilidad vecinal expedido por la autoridad municipal competente, y que no exista otro centro vecinal en la jurisdicción o barrio de la entidad solicitante.

Uno de los artículos del proyecto señala que la comisión directiva estará integrada por doce miembros que acrediten una residencia mínima de dos años en el barrio en cuestión y que tenga abonadas las doce últimas cuotas sociales anteriores a la fecha de elección de autoridades. También aclara que los directivos electos durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos por un período como máximo, desempeñando sus cargos ad honorem.

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