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Proyecto de «soberanía nacional»: El CELS advierte que es inconstitucional 

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) difundió un documento en el que presenta observaciones técnicas y jurídicas contra el proyecto oficial de ley de «Defensa de la soberanía nacional», alertando que la iniciativa del gobierno de Javier Milei instaura en la práctica un régimen de «seguridad nacional» con graves vicios de inconstitucionalidad, laxitud en las definiciones normativas y una alarmante concentración de facultades en el Poder Ejecutivo.

El documento repasa que el 7 de octubre último el gobierno nacional, representado por la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, presentó ante el plenario de las comisiones de Defensa, Legislación Penal y Relaciones Exteriores y Culto de la Cámara de Diputados de la Nación sus argumentos a favor del proyecto de ley denominado “de Defensa de la Soberanía Nacional”, y advierte que en la práctica «crea una nueva arquitectura, no de defensa de la soberanía, sino de ‘seguridad nacional’”.

El día anterior, el CELS realizó una presentación oral en el mismo ámbito del Congreso, donde sus referentes expresaron sus preocupaciones por la decisión de incorporar al ordenamiento jurídico del país el paradigma de “seguridad nacional” y reorganizar la defensa, la seguridad interior y la inteligencia bajo ese paraguas.

En el documento que difunde ahora el organismo de derechos humanos, se presentan los argumentos técnicos que sustentan la conclusión de que el proyecto tiene «graves problemas políticos, de constitucionalidad y de
organización que requieren ser debatidos más profundamente en el Congreso».

«Queda claro también que los riesgos señalados no se solucionan modificando alguna de las figuras penales para hacerla más precisa o dándole al Congreso funciones de seguimiento a través de una Comisión Bicameral -aclara el texto-. Es preciso discutir si este nuevo esquema institucional propuesto es respetuoso de nuestra Constitución y si es la herramienta que permitirá defender la soberanía nacional y los derechos de las personas».

Los puntos clave

El CELS advierte que, bajo el rótulo de defensa de la soberanía, el proyecto crea en la práctica un sistema de «seguridad nacional», reorganizando la defensa, la seguridad interior y la inteligencia de manera difusa.

Las definiciones de las amenazas y conductas sancionables son amplias, vagas e imprecisas, como el uso de términos como «medios clandestinos», «engañosos», «coercitivos» o campañas de «desinformación masiva». Esto vulnera el principio de legalidad administrativa y penal, dejando la interpretación a la discrecionalidad del Consejo de Seguridad Nacional.

A pesar de que el gobierno argumenta que se limita a amenazas de origen externo, el proyecto alcanza también a personas humanas o jurídicas nacionales bajo conceptos muy amplios, como actuar «por cuenta», «bajo control» o «en beneficio» de extranjeros, habilitando la intervención sobre actores locales.

Se propone crear un Consejo de Seguridad Nacional con poderes extraordinarios que no solo coordina, sino que investiga, define políticas y aplica sanciones, lo que vulnera la división de poderes y las prohibiciones constitucionales de que el Poder Ejecutivo ejerza funciones judiciales (citando la jurisprudencia de la Corte Suprema en el fallo Estrada).

El Consejo estaría facultado para dictar «medidas urgentes» de carácter restrictivo, como la suspensión de contratos, el bloqueo de operaciones bancarias o la inmovilización de fondos, antes de iniciar una investigación formal, sin requerir control judicial previo y con recursos judiciales posteriores que no poseen efecto suspensivo.

El proyecto habilita el uso del secreto (a través de la SIDE) para clasificar información y restringir el acceso a los expedientes y pruebas por parte de los investigados, lo que imposibilita un ejercicio adecuado del derecho de defensa.

Las sanciones administrativas contempladas —que incluyen multas, pérdida de subsidios y la revocación de autorizaciones— amenazan de manera directa el derecho de asociación (al poder afectar a asociaciones civiles) y la libertad de expresión.

Se cuestiona el uso del Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo (RePET) por basarse en estándares de sospecha laxos sin condena previa, así como la creación de nuevas figuras penales (como el delito de desinformación masiva o la ampliación del apoyo material al terrorismo) que presentan escalas punitivas desproporcionadas y riesgos de criminalización de la protesta social y la labor de organizaciones civiles y periodistas.

El documento completo

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