Qué dice la ley de inviolabilidad de propiedad privada: Desalojos, manejo del fuego y expropiaciones

Por Nehuen Brat-La Izquierda Diario. La enorme presión que fue en aumento ante la propuesta del gobierno de Milei de permitir la extranjerización de la tierra prácticamente sin límites rindió sus frutos y, el gobierno nacional de Milei junto con Bullrich en la cámara de senadores tuvo que retirar el capítulo que modificaba la Ley de Tierras Rurales. Por lo tanto, hoy en el Senado no se tratará el punto de la extranjerización de la tierra.

Sin embargo, el conjunto de la ley sigue en pie, solo cayó un capítulo y, por ello, continúan otros temas importantes para la votación en el senado que hacen al Manejo del Fuego, Desalojos Exprés y Expropiaciones. Veamos.

La promoción de los incendios intencionales

Las modificaciones que se proponen para votar mañana en el recinto en cuanto a los incendios son increíbles y no tienen justificación alguna más que favorecer la especulación inmobiliaria y el avance de la frontera agrícola utilizando el fuego como herramienta.

La ley vigente plantea, en uno de sus artículos centrales, que, ante incendios en bosques, áreas naturales protegidas y humedales, luego de su extinción del incendio no se puede cambiar el uso del suelo por un plazo de 60 años y se tienen que restaurar dichos ecosistemas. Esto sirve, justamente, para que ningún emprendedor inmobiliario pueda prender fuego de manera intencional un bosque o un humedal y así comprarlo a precio de remate sobre sus cenizas con el objetivo de convertirlo en un barrio cerrado, un hotel o un campo de soja, por poner algunos ejemplos.

La propuesta de modificación que se votará en el Senado elimina la prohibición del cambio de uso del suelo por 60 años y solo plantea que no se puede cambiar el uso del suelo ante incendios de bosques nativos, sin poner plazos de ningún tipo y eliminando la protección en cuanto a los bosques implantados y humedales.

Por lo tanto, si un humedal se incendia intencionalmente se podrá lotear para la venta o realizar cualquier actividad inmobiliaria o de otro tipo luego de extinguir el fuego. Hay que tener en cuenta que los humedales son ambientes muy diversos y, según el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires “en nuestro país, se estima que la superficie de humedales ronda el 21 % de las tierras, concentrándose la mayor parte de éstas en las provincias del litoral, el noreste argentino y la provincia de Buenos Aires. Esto quiere decir que en estas provincias el porcentaje es aún mayor a ese 20 %”.

Además de cumplir una función ambiental sustancial, estos ecosistemas son muy extensos en las regiones nombradas por lo que no es nada menor dejarlos a la suerte de la sed inmobiliaria.

Por si fuera poco, se propone derogar también el artículo que prohíbe por 30 años la realización de emprendimientos inmobiliarios, venta, loteos de tierras fiscales o generar un emprendimiento agropecuario a partir de que se produzca un incendio en tierras con pastizales, praderas, sabanas o bosques implantados.

Eliminar este artículo es legalizar abiertamente el avance de la frontera agrícola a partir de incendiar intencionalmente un pastizal, por ejemplo, o los ambientes nombrados. No hay otra explicación. Además, frente a los enormes incendios que se produjeron en el país en los últimos años sigue sin reforzarse el presupuesto, la compra de equipos para combatir el fuego y el desarrollo de un sistema de manejo del fuego que sea realmente eficiente. Nada de esto plantea las modificaciones a la ley que se tratará en el Senado.

Los desalojos exprés

Con las modificaciones que se realizaron en los últimos días el problema de los desalojos en tierras y a inquilinos sigue estando en el centro del debate. Las modificaciones que propone el gobierno nacional plantea la legalización de los desalojos nocturnos (cosa que con la ley vigente está prohibido que te entren a la casa a las 3am), así como también se pone de relieve la rapidez, ya que se ubica a la denuncia como un procedimiento “sumarísimo”.

Además, se permite a la policía entrar al domicilio para allanarlo e identificar a las personas en su interior solo para notificar la denuncia y, además, se legaliza la notificación de esta vía correo electrónico. Ante el atraso del pago de un alquiler, el propietario rápidamente puede acceder al desalojo sin un proceso judicial ni entregar documento alguno, sólo con su declaración jurada y sin pagar garantía alguna. Luego de ejecutar el desalojo, con las familias en la calle, el poder judicial revisará el caso.

Según una encuesta de Inquilinos Agrupados el 72,9% de los hogares que alquilan en el país tienen deudas y el 29,7% de los hogares inquilinos poseen emergencia habitacional, ya que ante esas deudas tienen que realizar mudanzas por motivos económicos. Esta encuesta surge a partir de relevar 808 hogares en 16 provincias de la Argentina. La situación económica de ajuste, la precarización laboral y la desocupación plantea que la situación de los alquileres empeorará aún más y el gobierno se prepara para fortalecer al poder judicial y su policía para desalojar ante la mora. Ninguna respuesta a los miles de familias que necesitan vivienda digna en el conjunto del país más que parando la obra pública y la construcción de éstas.

Expropiaciones

Las modificaciones en cuanto a este tema proponen todo tipo de beneficios para los propietarios. En primer lugar, el Estado tiene que demostrar que la acción expropiatoria es la única posible prácticamente y el plantea la obligación del pago de “lucro cesante” ante una expropiación, es decir, Milei propone que al Estado le sea mucho más caro expropiar. Además, el propietario no tendrá que pagar impuestos de ningún tipo al recibir el dinero de la expropiación y el monto estará actualizado a partir del Índice de Precios al Consumidor, asegurando que el propietario no pierda frente a la inflación ni un centavo. Imaginate que nuestros sueldos tengan una cláusula gatillo así, que se renueven mes a mes según este índice, pero no, solo a los propietarios se les puede dar esta solución, mientras tanto nuestros sueldos pierden frente a la inflación.

Además, se limita la utilización de terrenos privados ante una catástrofe, es decir la acción rápida del Estado ante inundaciones como la de Bahía Blanca dificultando la posibilidad del despliegue de hospitales de emergencia u otro tipo de acciones, ya que se impone el interés del propietario y no del bien común ante una emergencia.

Cualquier expropiación ante una fábrica que cierra será más cara y compleja, poniendo más trabas aún de las que ya tienen empresas o cooperativas recuperadas como Zanón, MadyGraf o el caso de FATE. Incluso, plantea que la expropiación no puede realizarse hasta que el propietario haya recibido todo el monto, priorizando las ganancias de éstos ante la necesidad de trabajo de los trabajadores de empresas que cierren y que puedan cumplir una función social.

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