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Reforma laboral: La justicia aseguró que es un daño irreparable

El idilio del Gobierno con su reforma laboral terminó en seco en el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63. El juez Raúl Ojeda firmó una cautelar que es, en los hechos, un certificado de defunción provisorio para 82 artículos de la nueva ley. Para el magistrado, hay «indicios serios» de que la movida de Javier Milei choca de frente con el artículo 14 bis de la Constitución. En los fundamentos, habló de daño irreparable.

¿Qué se frenó? Todo lo que dolía

Con este fallo, el esquema laboral retrocede al minuto previo a la sanción de la ley. Entre los puntos que quedan congelados destacan:   Chau fondo de cese: Se frena el intento de reemplazar la indemnización tradicional por el sistema tipo UOCRA; indemnizaciones «full»: Queda suspendida la exclusión del aguinaldo y premios del cálculo por despido. Nada de pagar en cuotas tampoco; el «colaborador» al freezer: Se cae la figura que permitía tener hasta tres trabajadores como «independientes» sin relación de dependencia; derecho a huelga: Se anulan las limitaciones que el Gobierno quería imponer a las medidas de fuerza y asambleas y ultraactividad: Los convenios colectivos mantienen su vigencia, aunque venzan, hasta que se firme uno nuevo.

Los argumentos «al hueso»

Ojeda no anduvo con vueltas: consideró que aplicar estos cambios ahora generaría un «daño irreparable» para millones de trabajadores si después se declara la inconstitucionalidad de fondo. Además, le devolvió la entidad al principio «in dubio pro operario» (en caso de duda, a favor del trabajador), que la reforma de Milei pretendía jubilar.

Por ahora, la victoria es de la CGT, que logra su primer gran triunfo judicial. El Gobierno, por supuesto, ya prepara la apelación, pero mientras tanto, en las oficinas de recursos humanos y en las fábricas, las reglas de juego vuelven a ser las de antes.

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