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Rentas implementó la multa automática, que va de 300 a mil pesos

La Dirección Provincial de Rentas instrumentó el procedimiento para la aplicación de la multa de oficio ante la falta de presentación de declaración jurada en tiempo y forma.

El director del organismo, Luis Padilla, informó que a través de la Resolución General Nº 1405/2015 se aprobó en procedimiento para la aplicación de oficio de la multa en el caso de que los contribuyentes o responsables no presenten las declaraciones juradas en los plazos establecidos. 

Para tal infracción se establecieron los siguientes montos, graduados por tipo de contribuyente: a) personas físicas, 300 pesos; b) personas jurídicas, 500 pesos, y c) agentes de retención / percepción / recaudación, 1.000 pesos.

Ante la verificación por parte del organismo de la falta de presentación  en tiempo y forma de la declaración jurada, se notificará la multa al contribuyente otorgándole un plazo de 15 días para regularizar su situación y cancelarla. El monto de la sanción será reducida en un 50 por ciento del mínimo legal, si se procede a cancelar la multa y presentar la declaración dentro del plazo citado.

La multa es una de las sanciones establecidas en el Art. 48 del Código Fiscal, que se aplican ante incumplimientos a los deberes formales. Cabe mencionar, que ante la falta de cumplimiento de la presentación de la declaración jurada y el correspondiente ingreso del saldo resultante de la misma, como así también la falta de pago de la multa, se dará inicio al sumario previsto en el Art. 69 del Código Fiscal vigente.

Por último, el funcionario señaló que si bien se trata de sanciones, la finalidad última es buscar y propender al cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

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