La Dirección Provincial de Rentas, dispuso prorrogar hasta el 30 de agosto la vigencia del “Régimen Especial de Regularización de Deudas”, para aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tengan períodos vencidos al 31 de marzo del corriente año.
Según lo informado por Esteban Rodríguez, Director del Organismo, esta medida posibilitará durante el mes de agosto, adherir al citado régimen a otros contribuyentes que hasta el día de la fecha no lo hayan realizado. Al día de hoy, se han conformado más de 1.300 planes, la mayoría de ellos suscriptos en línea a través del servicio “Clave Fiscal Rentas”.
Señaló además que el régimen permite concretar una financiación de hasta doce cuotas sin interés para las deudas de Ingresos Brutos Régimen General, en tanto que, para Agentes de Retención y Percepción de Ingresos Brutos, podrá ser hasta 12 ó 6 cuotas, según las categorías autorizadas.
Durante la prórroga de agosto, se mantienen beneficios tales como la reducción de intereses resarcitorios del 20%; así como otros adicionales y acumulables, según sea la modalidad de pago elegida. Para planes de contado se puede llegar a un porcentaje del 40% en la quita de intereses resarcitorios.
En el caso de planes financiados, para el anticipo se tiene en cuenta la calificación de riesgo fiscal y las cuotas siguientes, podrán efectuarse mediante Débito Automático en cuenta corriente o caja de ahorros bancaria o con cheque diferido (hasta doce meses), a la orden de la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.
Recordó además que los contribuyentes deben tener previamente presentadas las Declaraciones Juradas por los periodos a regularizar, y para concretar un plan se cuentan con las opciones de gestión presencial en Casa Central y Delegaciones del Interior, o directamente utilizando la plataforma web www.rentasjujuy.gob.ar servicios con Clave Fiscal.