Las juezas María Alejandra Tolaba, Ana Carolina Pérez Rojas y Cecilia Sadir, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 que lleva adelante el juicio denominado Pibes Villeros, limitaron el acceso de la prensa y el público a las audiencias. En el caso de los periodistas, prohíben el uso de dispositivos de registro de audio, fotos o video, salvo en los alegatos y en la lectura del veredicto. El público en general fue limitado a 16 personas, un número por demás escaso teniendo en cuenta que incluye a los familiares de los 30 imputados. Trabajadores de prensa entregaron una nota para que se revea la decisión.
El tribunal respondió así el pedido presentado el pasado 18 de julio por Luis Paz, abogado integrante de la defensa de Milagro Sala, para que se garantizara la acreditación e ingreso de periodistas a las veinte audiencias que tomará este juicio. Fundó la solicitud en el interés público que despierta el proceso judicial y el derecho a la libertad de información consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en la Convención Americana de Derechos Humanos, incorporados a la Constitución Nacional. También había pedido que se permitiera a los periodistas grabar o transmitir las audiencias a través de dispositivos como cámaras, grabadores o celulares.
Así es como solo podrán ingresar 16 personas por día y por orden de llegada, incluidos los familiares de los 30 imputados. En cuanto a las restricciones, no permiten entrar con ningún dispositivo que permita el registro de video, audio o fotos.
En cuanto a la prensa, autorizan a registrar y televisar solamente la primera audiencia, que se desarrolla este miércoles, y luego los alegatos de fiscales, querellantes y defensas, además de las últimas palabras de los imputados. Y por supuesto el veredicto. En todos estos casos, “con la única limitación impuesta por la capacidad o espacio físico del Salón Vélez Sársfield”.
Además, van a habilitar al comienzo de cada jornada un “lapso breve” para tomar fotografías y filmar.
Apenas conocida la resolución del Tribunal, un grupo de periodistas presentó una nota en la que piden que se autorice en ingreso de la prensa “para garantizar el derecho a la información de la ciudadanía, la libertad de expresión y nuestros derechos como trabajadores de prensa”, y adelantan que, en caso de ser rechazado el pedido, denunciarán los hechos ante la opinión pública y los organismos provinciales, nacionales e internacionales que entienden en el tema.
Con su resolución, las juezas dieron lugar “parcialmente” a la solicitud de Paz, y en las consideraciones citan el Código Procesal Penal, que en su artículo 402 menciona “razones de orden, seguridad, higiene o moralidad” por las que un Tribunal puede “ordenar el alejamiento de toda persona cuya presencia no sea necesaria, o limitar la admisión a un determinado número”.
Tras citar otros antecedentes y normas, dicen que en este caso “la publicidad debe ser limitada parcialmente, debido a la gran cantidad de imputados, defensores, órgano acusador y querellantes existentes, que en la presente causa sumados a los integrantes del Tribunal, actuarios, escribientes y guardia policial, superan las cien personas”.
Concluyen entonces que permitir el acceso irrestricto “imposibilitaría llevar a cabo en orden el presente debate”.
Dicen además que al haber más de un centenar de testigos “resulta lógico no permitir el acceso de la prensa ni tampoco de elementos técnicos que permitan grabar y/o transmitir las audiencias” para que la declaración de un testigo no afecte la de otros.