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Se cumplen dos años de la sanción de la ley “Brisa”

Desde el 2018, el Estado acompaña de manera integral a las hijas, hijos e hijes de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género, garantizando su derecho a ser protegidas y protegidos para crecer en un ambiente sano y libre de violencias.

La Ley N°27.452 de Reparación Económica para niños, niñas y adolescentes hasta 21 años de edad y personas con discapacidad sin límite de edad (RENNYA) cuyas madres o personas a cargo hayan sido víctimas de femicidios u homicidios derivados de violencia de género o violencia intrafamiliar fue sancionada por el Congreso de la Nación en 2018 y reglamentada por el Decreto N°871/18.

A partir de esta ley, las hijas, los hijos y les hijes de víctimas de femicidios tienen derecho a acceder a una asignación equivalente a un haber jubilatorio mínimo.

Por otra parte, las personas menores de 21 años o personas con discapacidad tienen derecho a que el Estado nacional les asigne una cobertura integral de salud que debe cubrir todas las necesidades de atención de su salud física y psíquica.

La norma fue impulsada por la sociedad movilizada contra las violencias por motivos de género y es conocida como “Ley Brisa”, nombre de una de las hijas de Daiana Barrionuevo, asesinada a los 24 años por su ex pareja, Iván Adalberto Rodríguez, en 2014.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), del Ministerio de Desarrollo Social, es la autoridad de aplicación y preside la Comisión Permanente de Seguimiento (CoPeSe) conformada además por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que tiene por finalidad el monitoreo y control del Régimen de Reparación Económica.

“La Ley de Reparación Económica para hijas e hijos de víctimas de femicidio fue un avance legislativo de singular importancia. Hoy tenemos un Estado presente que acompaña a las chicas y chicos y busca reparar el grave daño que sufren las víctimas de violencia de género o de violencia intrafamiliar. Con un intenso trabajo conjunto de SENAF, ANSES y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad logramos, en 6 meses, un incremento del 80%; de 299 chicos y chicas pasaron a ser 623 los incluidos en el programa. A dos años de esa sanción aún quedan grandes desafíos para llegar a todos los potenciales destinatarios y también erradicar la violencia contra las mujeres, y trabajamos en esa dirección”, señaló Gabriel Lerner, Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Por su parte, Carolina Varsky, subsecretaria de Programas Especiales de la Secretaría contra las Violencias por Razones de Género del MMGyD explicó: “Cuando llegamos al ministerio nos encontramos con una situación bastante compleja, con una importante cantidad de expedientes trabados burocráticamente. Entre los tres organismos nos propusimos agilizar los trámites y pensar cómo avanzar con el gran remanente con el que nos encontramos a fines del año pasado cuando asumimos. Desde el MMGyD emitimos dictamen sobre más de 160 expedientes desde febrero y estamos trabajando en otros 50 que vamos a resolver en el corto plazo”.

Desde el inicio de este año se generaron un total de 299 nuevas altas, lo que representa un incremento de más del 80 por ciento de la cantidad de nuevos titulares del derecho a la reparación, en comparación con los registros de febrero a diciembre de 2019, cuando hubo apenas 344 ingresos. A su vez, hubo ocho reparaciones que cesaron el cobro por haber cumplido los 21 años.

En el mes de junio de este año se sumaron 75 nuevos titulares de derecho, con una nueva modalidad de trámite adaptado a la disposición del aislamiento, social, preventivo y obligatorio por la pandemia de COVID-19. A partir del mes de junio y mediante el Decreto 495/2020 el monto otorgado pasó a ser de $16.864 mensuales.

¿Cómo se tramita?

El procedimiento para la implementación de RENNYA incluye el trabajo articulado y la participación de tres organismos: ANSES, MMGyD y la SENAF.

La tramitación se realiza a través de la ANSES, donde se recepciona la documentación y se genera el expediente electrónico. El proceso continúa en el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, donde se coteja la documentación, y se realiza el primer contacto con la persona que solicitó la reparación y se elabora un informe técnico de la situación actual de la familia, que es remitido a la SENNAF para su evaluación y aprobación, en el caso de corresponder.

A su vez, tanto ese ministerio como la SENNAF tienen competencias para brindar acompañamiento en el proceso de reparación, de acuerdo a la especificidad de cada organismo.

Para acceder a este derecho se debe reunir la documentación del hecho, de la o el titular del derecho y de la o el representante, cuando el o la titular sea menor de 18 años o una persona con discapacidad que requiera representación, se debe imprimir los TRES FORMULARIOS por ANSES y gestionar el correspondiente turno a través de la web https://tramitesweb.anses.gob.ar/js/turnos/#/turno o a través de la línea 130.  Mientras continúe el aislamiento social, preventivo y obligatorio, se puede consultar por correo electrónico a rennya@senaf.gob.ar, leydereparacion@mingeneros.gob.ar, infanciasygeneros@anses.gov.ar o a través de la Linea 144.

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