Suben los montos a partir de los cuales bancos y billeteras deben informar los movimientos de sus clientes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.

Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:

$600.000:

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000: T

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes. Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000:

  • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
  • La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

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