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Sugieren que empresarios turísticos se sumen al dominio ‘.tur.ar’

En respuesta al vertiginoso crecimiento de las redes sociales, la Secretaría de Turismo de Jujuy, a través de su Área de Fiscalización, recomienda al empresariado local adherir al dominio ‘.tur.ar’, al que consideran un elemento de distinción y seguridad tanto para las empresas de turismo habilitadas como para los destinos que lo utilizan.

La implementación de este sistema gratuito busca proteger los derechos de los turistas a partir de brindar seguridad a la búsqueda de informaciones varias sobre destinos en el cyberespacio.

 Se trata de un instrumento de suma importancia para el prestador, para el turista y para los diversos destinos al permitirles tener la tranquilidad de contar con un registro específico para regular la actividad en Internet, ya que los dominios ‘.tur.ar’ están reservados específicamente para entidades relacionadas al turismo.

 Inicialmente para registrar este dominio es necesario tener una Entidad Registrante y una Persona Responsable registrados en nic.ar, el resto del trámite es igual a los registros de los dominios ‘.com.ar’, excepto por las restricciones existentes para registrar los dominios ‘.tur.ar’.

 A través de este trámite se certifica que el sitio pertenece a una empresa de viajes y turismo habilitada por el Ministerio de Turismo de la Nación, otorgando un marco de seguridad y confianza para el sitio y una garantía de tranquilidad para los usuarios.

 Se evita la contratación a través de internet de empresas de turismo que no se encuentren inscriptas en el Registro de Agentes de Viajes que lleva el Ministerio de Turismo de la Nación y además protege de manera firme y eficaz los derechos de los turistas.

 El trámite

 El primer paso es habilitar la empresa o agencia en el Ministerio de Turismo de la Nación, en www.turismo.gov.ar/turar para luego generar el alta como Entidad Registrante en la página web de NIC Argentina.

 Se ingresa a la opción «Trámites vía Web» y luego a «Alta de Entidades». Es requisito registrar como Entidad a la Persona Física o Jurídica titular del CUIT registrado en el Ministerio de Turismo.

 Se recibirá el aviso de finalización del trámite dentro de las 72 horas hábiles y en caso que el nombre de dominio se encuentra disponible, el trámite continúa tal cual el registro de cualquier otro dominio.

 Finalmente NIC Argentina enviará al Ministerio de Turismo de la Nación el listado de solicitudes de registro para verificar la correcta habilitación y nombre, y según se aprueben dichas solicitudes el dominio será otorgado. 


 

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