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El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena a perpetua para el femicida de Rosa Juárez

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La familia de Rosa Juárez siguió las instancias del juicio.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el abogado defensor de Juan José López, confirmando así la condena de prisión perpetua por el asesinato de la joven Rosa Alicia Beatriz Juárez, de 21 años, cometido el 2 de febrero de 2015, al que los jueces calificaron como «la forma más radicalizada de violencia de género».

El recurso presentado por el abogado Joaquín Rodrigo Campos tenía como objeto que se dejara sin efecto la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 3 y se absolviera a López de ser autor penalmente responsable de los delitos de “privación ilegítima de la libertad, abuso sexual con acceso carnal y homicidio calificado criminis causa en concurso real, concursados idealmente con homicidio calificado por femicidio, declarándolo reincidente”.

La Sala II Penal del máximo tribunal provincial, integrada por Laura Nilda Lamas González, José Manuel del Campo y Clara Aurora De Langhe de Falcone, tras analizar los puntos de agravio de la defensa y las pruebas incorporadas en el debate, confirmó lo resuelto por el Tribunal de juicio en septiembre de 2016.

Asimismo, consideraron que la responsabilidad en los hechos por parte del acusado López se encuentra debidamente acreditada en razón del «vasto y contundente caudal probatorio recolectado, del que caben resaltar las declaraciones testimoniales, las pericias medicas y las video grabaciones».

El asesinato de Rosa Juárez ocurrió en la madrugada del 2 de febrero de 2015, cuando Juan José López la interceptó en la Av. Libertador de la ciudad de Libertador Gral. San Martín, la obligó a tomar junto a él un remise hasta Calilegua y la llevó luego a una vivienda ubicada en el barrio Tupac Amaru. Allí abusó sexualmente de ella y luego la estranguló, dejando en cuerpo dentro de una caja que colocó dentro de una de las habitaciones de la vivienda.

Los jueces de la Sala II Penal del STJ consideraron que «la figura penal de ‘femicidio’ se encuentra perfectamente delimitada en su alcance mediante la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como así también, por el conjunto de Tratados Internacionales a los que nuestro país adhiere».

En tal sentido, los magistrados concluyeron que el homicidio de Rosa Romero Juárez representa «la forma más radicalizada de violencia de género, siendo efectuado luego de un desdeñable ultraje en su integridad sexual, y como consecuencia de una marcada relación de poder y desigualdad entre víctima y victimario de la cual Juan José López se valió para humillarla y cosificarla hasta el último minuto de su existencia ocultando los terrible ilícitos cometidos de la manera más indigna, lo que habla alto y claro del desprecio hacia la mujer por parte del condenado».

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