Todo el personal del Poder Judicial debe reintegrarse a sus labores vacunados

El Superior Tribunal de Justicia dispuso el restablecimiento de la actividad normal del Poder Judicial, en el marco de la emergencia ocasionada por la pandemia del Covid-19, a partir del 1 de septiembre de 2021.

Cabe resaltar que se tuvo en cuenta la considerable disminución de los casos de Covid-19 en la provincia y lo dispuesto por las normas provinciales en cuanto a la obligatoriedad de la vacunación contra Covid-19.

La acordada Nº85/2021 estableció, entre otras medidas, la obligatoriedad de vacunación contra el Covid-19 para todos los magistrados, funcionarios y empleados, el reintegro de la totalidad del personal del Poder Judicial a cumplir funciones de manera diaria, y el cumplimiento estricto de medidas de bioseguridad para el funcionamiento del servicio de justicia.

            Obligatoriedad de vacunación

Se establece la aplicación al Poder Judicial de la Ley Nº 6229, ratificatoria del Decreto Acuerdo Nº 3768-S-2021; y se dispone la obligatoriedad de la vacunación contra el Covid-19 para todos los magistrados, funcionarios y empleados de este Poder; quienes deberán haber recibido al menos una dosis de cualesquiera de las vacunas, salvo justificación por medio fehaciente e idóneo ante el Departamento Medico.

            Reintegro de la totalidad del personal

En el marco de las modalidades de prestación de servicios con concurrencia al lugar de trabajo, el Superior Tribunal de Justicia dispuso, a partir del 1 de septiembre de 2021, que la totalidad del personal del Poder Judicial se reintegrara a cumplir funciones de manera normal y habitual en las distintas dependencias de la institución.

Solamente se encuentran exceptuados de concurrir a sus lugares de trabajo los magistrados, funcionarios y empleados considerados personal de riesgo: personas con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos y transplantados.

En cuanto al horario de asistencia matutino y atención a profesionales y público en general será de 7.30 a 13.00, y el horario vespertino de 15.30 a 21.00

            Medidas de bioseguridad

Entre las medidas de bioseguridad para el funcionamiento del servicio de justicia, se recuerda que el ingreso a las distintas dependencias del Poder Judicial deberá realizarse respetando la distancia social aconsejada por las normas de higiene y salubridad; el uso de máscaras protectoras, y el aseo permanente de manos, lugares y elementos de trabajo. Del mismo modo se recuerda la obligatoriedad del uso de barbijos, advirtiendo que dicho requisito será indispensable para el acceso a cualquiera de los edificios de este Poder.

            Deber de comunicación

Los magistrados, funcionarios y empleados deberán comunicar inmediatamente al Departamento Médico del Poder Judicial todos aquellos casos de personas con síntomas compatibles con Covid-19, como así también aquellas personas que hubiesen tenido contacto estrecho con casos sospechosos o que se encuentren dentro de los grupos de mayor contagio.

Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia invitó al Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy, a adoptar las medidas necesarias tendientes a dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Provincia Nº 6229 y Decreto Acuerdo Nº 3768-S-2021.

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